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17 de Abril de 2019

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MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Resolución 65/2019

RESOL-2019-65-APN-SECPYME#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 28/01/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-61854541- -APN-DGD#MPYT, las Leyes Nros. 24.467, 25.300 y sus modificatorias, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias; los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, 2.550 de fecha 19 de diciembre de 2012 y 606 de fecha 28 de abril de 2014 y su modificatorio; las Resoluciones Nros. 391 de fecha 11 de agosto de 2016 y sus modificatorias, y 197 de fecha 17 de mayo de 2018 ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, 80 de fecha 18 de octubre de 2010, 82 de fecha 9 de mayo de 2012, 150 de fecha 20 de julio de 2012, 202 y 203 ambas de fecha 4 de octubre de 2012, 252 de fecha 19 de noviembre de 2012, 43 de fecha 16 de abril de 2013, 92 de fecha 1 de julio de 2013, 129 de fecha 28 de agosto de 2013, 290 de fecha 12 de diciembre de 2013, 353 de fecha 1 de abril de 2014, 167 de fecha 23 de abril de 2015, 479 de fecha 14 de mayo de 2014, 622 de fecha 6 de junio de 2014, 1.025 de fecha 6 de agosto de 2014, 618 de fecha 19 de noviembre de 2015, 1.430 y 1.431 ambas de fecha 4 de diciembre de 2014 todas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA; 26 y 27 ambas de fecha 26 de mayo de 2016, 70 de fecha 29 de junio de 2016, y 473 de fecha 30 de julio de 2018 todas de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN; las Disposiciones Nros. 5 de fecha 1 de septiembre de 2016, 10 de fecha 12 de septiembre de 2016, 21 de fecha 13 de marzo de 2017, 24 de fecha 4 de abril de 2017 y 71 de fecha 25 de septiembre de 2017 todas de la ex SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, se ha creado y atribuido competencias al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que, mediante la Ley Nº 24.467 modificada por la Ley Nº 25.300, fue creado el Régimen de Bonificación de Tasas de Interés con el objetivo de favorecer al sector económico de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en razón de las necesidades e importancia del mencionado sector en la Economía Nacional.

Que, por el Decreto Nº 2.550 de fecha 19 de diciembre de 2012, se creó el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas con el objeto de mejorar las condiciones de acceso al crédito del sector.

Que, por el Artículo 3º del referido decreto, se facultó a la Autoridad de Aplicación del Régimen de Bonificación de Tasas, a celebrar convenios y efectuar llamados a licitación con el fin de bonificar tasas, siempre que se aseguren mejores condiciones a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que, mediante la Resolución N° 391 de fecha 11 de agosto de 2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y sus modificatorias, se designó a la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA como Autoridad de Aplicación del citado régimen.

Que, mediante la Resolución N° 80 de fecha 18 de octubre de 2010 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, fue aprobado el modelo de Convenio de Bonificación de Tasas entre la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, suscripto con fecha 29 de octubre de 2010.

Que, dicho Convenio fue modificado, ordenado y prorrogado sucesivamente mediante las Resoluciones Nros. 150 de fecha 20 de julio de 2012,129 de fecha 28 de agosto de 2013, 622 de fecha 6 de junio de 2014, 1.431 de fecha 4 de diciembre de 2014 todas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, 27 de fecha 26 de mayo de 2016 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y finalmente, la Disposición Nº 24 de fecha 4 de abril de 2017 de la ex SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que, por el citado Convenio, la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL se comprometió a bonificar los préstamos que el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA otorgue a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que resultaren elegibles en el marco del Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario.

Que, por otra parte, mediante la Resolución N° 82 de fecha 9 de mayo de 2012 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, fue aprobado otro modelo de Convenio de Bonificación de Tasas entre la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, suscripto con fecha 15 de junio de 2012.

Que, dicho Convenio fue modificado, ordenado y prorrogado sucesivamente mediante las Resoluciones Nros. 203 de fecha 4de octubre de 2012, 252 de fecha 19 de noviembre de 2012, 92 de fecha 1 de julio de 2013, 353 de fecha 1 de abril de 2014, 1.430 de fecha 4 de diciembre de 2014, 167 de fecha 23 de abril de 2015 todas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, 26 de fecha 26 de mayo de 2016 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y finalmente la Disposición N° 21 de fecha 13 de marzo de 2017 de la ex SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que, por medio del citado Convenio, la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, se comprometió a bonificar los préstamos que el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA otorgue a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con destino a la adquisición de bienes de capital nuevos de origen nacional, o a la construcción, instalaciones, tecnología y proyectos de inversión.

Que, por otra parte, mediante la Resolución Nº 202 de fecha 4 de octubre de 2012 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, fue aprobado otro modelo de Convenio de Bonificación de Tasas entre la mencionada ex Secretaría y el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A., entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, suscripto con fecha 10 de octubre de 2012.

Que, dicho Convenio fue modificado por las Resoluciones Nros. 43 de fecha 16 de abril de 2013, 290 de fecha 12 de diciembre de 2013, 479 de fecha 14 de mayo de 2014 y 618 de fecha 19 de noviembre de 2015, todas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que, por medio del citado Convenio y sus adendas, la citada ex Secretaría se comprometía a bonificar puntos de la tasa de interés, con destino a inversiones, adquisición de bienes de capital nuevos de origen nacional o de origen extranjero que ya se encuentren nacionalizados y respecto de los cuales no existan sustitutos de producción nacional, constitución de capital de Trabajo, entre otras aplicaciones de financiamiento.

Que, por otra parte, mediante la Resolución Nº 1.025 de fecha 6 de agosto de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, fue aprobado un nuevo modelo de Convenio de Bonificación de Tasa a suscribir entre la mencionada ex Secretaría y la firma NACIÓN LEASING S.A., suscripto con fecha 15 de agosto de 2014.

Que, por medio del citado Convenio, la referida ex Secretaría se comprometía a bonificar parte de la tasa de interés de las operaciones de “Leasing” que la firma NACIÓN LEASING S.A., otorgue a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con destino a la adquisición de maquinaria de origen nacional y propio de todos los sectores de la actividad productiva, excepto maquinaria agrícola.

Que, asimismo, mediante la Disposición Nº 5 de fecha 1 de septiembre de 2016 de la ex SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se aprobó un nuevo modelo de convenio a suscribir entre la mencionada ex Subsecretaría y el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, suscripto con fecha 7 de septiembre de 2016.

Que por el citado Convenio, la citada ex Subsecretaría se comprometía a bonificar la tasa de interés, con destino a inversiones, adquisición de bienes de capital propios de la actividad de la empresa; construcción y/o adquisición de galpones nuevos y/o usados para uso industrial; inversiones, incluidas la adquisición de bienes de capital, instalación y puesta en marcha de los bienes financiados, tanto para la radicación de empresas en Parques Industriales Públicos, Privados o Mixtos, inscriptos o en proceso de inscripción en el Registro Nacional de Parques Industriales, y; capital de trabajo asociado a proyectos de inversión.

Que, mediante la Disposición Nº 10 de fecha 12 de septiembre de 2016 de la ex SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se aprobó un nuevo modelo de convenio a suscribir entre la mencionada ex Subsecretaría y el BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, suscripto con fecha 15 de septiembre de 2016.

Que por el citado Convenio, la mencionada ex Subsecretaría se comprometía a bonificar parcialmente la tasa de interés, con destino a la adquisición de bienes de capital propios de la actividad de la empresa, nuevos de origen nacional o de origen extranjero; construcción, instalaciones, otros equipos, tecnología, proyectos de inversión y otros destinos de financiación; construcción y/o adquisición de galpones nuevos y/o usados para uso industrial; inversiones, incluidas la adquisición de bienes de capital, instalación y puesta en marcha de los bienes financiados, tanto para la radicación de empresas en Parques Industriales Públicos, Privados o Mixtos, y; capital de trabajo asociado a proyectos de inversión.

Que, por otra parte, mediante la Disposición Nº 71 de fecha 25 de septiembre de 2017 de la ex SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se aprobó un nuevo modelo de convenio a suscribir entre la mencionada ex Subsecretaría y el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A., entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, suscripto con fecha 5 de octubre de 2017.

Que por el citado Convenio, la citada ex Subsecretaría se comprometía a bonificar parcialmente la tasa de interés, con destino a fomentar las inversiones en los diversos sectores de las actividades comprendidas en el Régimen de Promoción de la Industria del Software conforme Ley Nº 25.922.

Que, a través del Decreto N° 606 de fecha 28 de abril de 2014 y su modificatorio, se creó el fondo fiduciario público denominado “Fondo para el Desarrollo Económico Argentino” (FONDEAR), con el objeto de facilitar el acceso al financiamiento para proyectos que promuevan la inversión en sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país, la puesta en marcha de actividades con elevado contenido tecnológico y la generación de mayor valor agregado en las economías regionales.

Que, mediante el Artículo 56 de la Ley N° 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, se sustituyó la denominación del “Fondo para el Desarrollo Económico Argentino” (FONDEAR), creado por el citado Decreto N° 606/14 y su modificatorio, por el “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo” (FONDEP).

Que, de conformidad con el Artículo 7º del Decreto Nº 606/14 y su modificatorio, a los fines de la ejecución de los recursos del “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo” (FONDEP), pueden emplearse diversos instrumentos, entre ellos, la bonificación de tasas de interés de créditos otorgados por entidades financieras para proyectos de inversión, capital de trabajo, prefinanciación y post financiación de exportaciones.

Que, mediante la Resolución N° 197 de fecha 17 de mayo de 2018 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se delegó en la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, las funciones correspondientes a dicho ex Ministerio en su carácter de Autoridad de Aplicación del Decreto N° 606/14 y su modificatorio.

Que, en tal sentido, a fin de permitir una mejor articulación entre el sector público y el privado en la implementación de políticas tendientes a promover el acceso de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas a la asistencia financiera, y siendo que el Régimen de Bonificación de Tasas a cargo de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y los objetivos del “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo” (FONDEP), resultan coincidentes en este aspecto, se considera adecuado unificar la política de bonificación de tasas bajo un mismo instrumento, apuntando de ese modo a optimizar los recursos del ESTADO NACIONAL.

Que, el “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo” (FONDEP), resulta una herramienta financiera eficiente, que recepta los principios de liquidez, solvencia y rentabilidad necesarios a los fines de ejecutar diversas líneas de financiamiento con bonificación de tasa.

Que, en tal sentido, resulta pertinente que las cuotas restantes a pagar a los bancos intervinientes de conformidad con los Convenios suscriptos con fechas 29 de octubre de 2010, 15 de junio de 2012, 10 de octubre de 2012, 15 de agosto de 2014, 15 de septiembre de 2016, 7 de septiembre de 2016 y 5 de octubre de 2017, sean afrontadas desde el “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo” (FONDEP), siendo la firma NACIÓN FIDEICOMISOS S.A.-NAFISA, en su carácter de fiduciario, quien realice los controles y pagos correspondientes.

Que, mediante la Resolución N° 298 de fecha 30 de julio de 2018 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se aprobó el modelo de Adenda N° 1 al referido “Contrato de Fideicomiso” y su texto ordenado, por el que se encomienda a la firma NACIÓN FIDEICOMISOS S.A.-NAFISA, la administración del Fideicomiso e instrumentación de las operaciones que apruebe el Comité Ejecutivo, de acuerdo a las Instrucciones que emita la Autoridad de Aplicación. Dicha Adenda fue suscripta con fecha 31 de julio de 2018 por la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y la firma NACIÓN FIDEICOMISOS S.A.-NAFISA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por las Leyes Nros. 24.467, 25.300 y su modificatoria, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, 2.550/12 y 606/14 y su modificatorio, y las Resoluciones Nros. 391/16 y sus modificatorias y 197/18 ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Adenda que, como IF-2019-05133516-APN-SECPYME#MPYT, forma parte integrante de la presente medida, de los Convenios a suscribir con el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del HACIENDA, la firma NACIÓN LEASING S.A., BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A., entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES y BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, conforme se detalla seguidamente:

a) En fecha 29 de octubre de 2010, 15 de junio de 2012, 10 de octubre de 2012 entre la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

b) En fecha 15 de agosto de 2014 entre la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y la firma NACIÓN LEASING S.A.

c) En fecha 7 de septiembre de 2016 entre la ex SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

d) En fecha 15 de septiembre de 2016 entre la ex SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y el BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

e) En fecha 5 de octubre de 2017 entre la ex SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR, entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a las entidades financieras.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Mariano Mayer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/01/2019 N° 4873/19 v. 30/01/2019

Fecha de publicación 30/01/2019