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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto 100/2019

DECTO-2019-100-APN-PTE - Trasládase funcionario.

Ciudad de Buenos Aires, 31/01/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-00614826-APN-DGD#MRE, el Decreto N° 784 de fecha 16 de junio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 784/16, se dispuso el traslado desde el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO a la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE TRINIDAD Y TOBAGO, de la señora Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase Da. Ana Celia PISANO, acreditándola, mientras dure la misión encomendada, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, de conformidad con el artículo 8º de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957.

Que por el Expediente citado en el Visto, tramita el traslado a la República de la funcionaria diplomática citada precedentemente, quien deberá encontrarse en la República el día 1º de junio de 2019.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Trasládase desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE TRINIDAD Y TOBAGO al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, a la señora Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase Da. Ana Celia PISANO (D.N.I. Nº 10.142.137), quien deberá encontrarse en la República el día 1º de junio de 2019.

ARTÍCULO 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 -MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Jorge Marcelo Faurie

e. 01/02/2019 N° 5647/19 v. 01/02/2019

Fecha de publicación 01/02/2019