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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

Disposición 12/2019

DI-2019-12-APN-SSCRYF#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 29/01/2019

VISTO el expediente N° EX-2018-32967770- -APN-DNCSSYRS#MS del registro del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, las Leyes N° 17.132 y N° 23.873, los Decretos PEN N° 10/2003 y N° 587/2004, la Resolución MS N° 1814/2015 y N° 1448-E/2016 y,

CONSIDERANDO:

Que el ordenamiento racional, la planificación y distribución de los Recursos Humanos en Salud son un componente central de las políticas de Recursos Humanos en Salud.

Que la Ley N° 17.132, su modificatoria la Ley N° 23.873 y sus Decretos reglamentarios determinan las alternativas de requerimientos que un profesional médico debe cumplir para anunciarse como especialista en una especialidad determinada.

Que las especialidades médicas reconocidas fueron armonizadas con las jurisdicciones provinciales y aprobadas por la Resolución MS N° 1814/2015.

Que entre dichas especialidades médicas se encuentran las especialidades de Cirugía General, Cirugía de Cabeza y Cuello, Cirugía Torácica y Cirugía Plástica y Reparadora.

Que mediante la Resolución MS N° 216/2009 se ha reconocido a la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE CIRUGÍA (AAC) como entidad científica certificante para las especialidades de Cirugía General, Cirugía de Cabeza y Cuello y Cirugía Torácica.

Que mediante la Resolución MS N° 34/2011 se ha reconocido a la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE CIRUGÍA (AAC) como entidad científica certificante para la especialidad de Cirugía Plástica y Reparadora.

Que la Resolución MS 1448-E/2016 establece la necesidad de las entidades científicas de adecuarse al procedimiento de reconocimiento aprobado por ANEXO IF-2016-00500122- -APN-DNRSCSS#MS.

Que la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE CIRUGÍA (AAC) ha acreditado cumplir con los requisitos establecidos en dicho procedimiento.

Que las modalidades de certificación que ha informado la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE CIRUGÍA (AAC) están en concordancia con lo establecido por la Ley 17132, leyes modificatorias y sus decretos reglamentarios.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA y la DIRECCION NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS han tomado la intervención correspondiente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Resolución MS 1448-E/2016.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

DISPONE:

Artículo 1°.- Renuévase el reconocimiento a la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE CIRUGÍA (AAC) como entidad científica certificante de las especialidades médicas de CIRUGÍA GENERAL, CIRUGÍA DE CABEZA Y CUELLO, CIRUGÍA TORÁCICA y CIRUGÍA PLÁSTICA Y REPARADORA.

Artículo 2°.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS a otorgar la autorización para anunciarse como especialistas en CIRUGÍA GENERAL, CIRUGÍA DE CABEZA Y CUELLO, CIRUGÍA TORÁCICA o CIRUGÍA PLÁSTICA Y REPARADORA a los profesionales médicos que presenten una certificación de la especialidad extendida por la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE CIRUGÍA (AAC) en los términos que su reglamentación interna lo contempla.

Artículo 3°.- Todo cambio en los mecanismos de Certificación de las especialidades mencionadas en los artículos anteriores por parte de la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE CIRUGÍA (AAC) deberá ser previamente autorizado por este MINISTERIO. Este incumplimiento dará lugar a la revocación del presente reconocimiento.

Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Javier O’Donnell

e. 01/02/2019 N° 5408/19 v. 01/02/2019

Fecha de publicación 01/02/2019