Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 21/2019

Resolución ENRE N° 21/2019

ACTA N° 1559

Expediente ENRE N° 47.598/2016 (EX-2018-45455921-APN-SD#ENRE)

Buenos Aires, 31 DE ENERO DE 2019

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NORESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNEA S.A.) en la suma de PESOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL OCHENTA Y SIETE CON ONCE CENTAVOS ($ 11.230.087,11) correspondientes al periodo comprendido entre los meses de julio a diciembre de 2016, por incumplimiento del Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal del Noreste Argentino contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, cuyo detalle, duraciones y montos de penalización obra en los Anexos IF-2018-45558177-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45558318-APNDTEE#ENRE, IF-2018-45558434-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45558549-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45558662-APNDTEE#ENRE, IF-2018-45558781-APN-DTEE#ENRE y IF-2018-45559715-APN-DTEE#ENRE. 2.- Instruir a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) para que efectúe el débito de PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 9.271.782,46) sobre la liquidación de ventas de TRANSNEA S.A. por incumplimiento al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, en el período comprendido entre los meses de julio a diciembre de 2016, correspondientes a Líneas y conexión-transformación, cuyo detalle se efectúa en el Anexo IF-2018-45559715-APN-DTEE#ENRE, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 7 del Acuerdo SEE –ENRE – TRANSNEA S.A. 2016-2017, relativo al Acta Acuerdo de renegociación Contractual ratificada por el Decreto N° 1.544/2008, y de conformidad con las proporciones detalladas en el referido Anexo. 3.- Instruir a CAMMESA para que efectúe el descuento de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 58.371,89) sobre la liquidación de venta de TRANSNEA S.A., por incumplimiento de sus Transportistas Independientes correspondientes al período comprendido entre los meses de julio a diciembre de 2016, al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal del Noreste Argentino contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, cuyo detalle se efectúa en el Anexo IF-2018-45559715-APN-DTEE#ENRE, y ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 7 del referido Acuerdo, en el caso que corresponda. 4.- Instruir a CAMMESA para que efectúe el descuento de PESOS DOCE MIL DOSCIENTOS QUINCE CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 12.215,59) sobre la liquidación de venta de TRANSNEA S.A., por incumplimientos en cuanto a sus obligaciones respecto de la Supervisión a la Operación y Mantenimiento de sus Transportistas Independientes correspondientes al período comprendido entre los meses de julio a diciembre de 2016, cuyo detalle se efectúa en el Anexo IF-2018-45559715-APN-DTEE#ENRE. 5.- Instruir a CAMMESA para que informe al ENRE cuando complete la liquidación a favor de TRANSNEA S.A. de la totalidad de los ingresos determinados en el Acuerdo SEE – ENRE – TRANSNEA S.A. 2016-2017 para el período semestral julio a diciembre de 2016. 6.- Instruir a TRANSNEA S.A. para que de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula Sexta, Apartado 6.1.3 del Acta Acuerdo refrendada mediante Decreto N° 1.544/2008, destine la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DIECISIETE CON DIECISIETE CENTAVOS ($ 1.887.717,17) correspondientes a conexión-salidas, en el período semestral julio a diciembre de 2016, a la ejecución de inversiones adicionales según el detalle que se efectúa en el Anexo IF-2018-45559715-APN-DTEE#ENRE, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 7 del referido Acuerdo, y de conformidad con las proporciones detalladas en dicho Anexo. 7.- Determinar, en los términos de lo dispuesto en el artículo 24 del Anexo II-B del Contrato de Concesión de TRANSNEA S.A. y conforme a la metodología de cálculo y asignación de pago por los usuarios y demás especificaciones detalladas en el Anexo II de la Resolución ENRE N° 618/2001, los premios que percibirá esta transportista correspondientes al período comprendido entre los meses de julio a diciembre de 2016 en la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON DOS CENTAVOS ($ 1.294,02) de acuerdo al detalle que se efectúa en los Anexos IF-2018-45558941-APNDTEE#ENRE, IF-2018-45559050-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45559132-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45559230-APNDTEE#ENRE, IF-2018-45559425-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45559578-APN-DTEE#ENRE y IF-2018-45559715-APNDTEE#ENRE. 8.- Instruir a CAMMESA para que, a los efectos del pago del incentivo establecido en el artículo precedente, efectúe los correlativos débitos a los usuarios del sistema de transporte, cuyo total consta en el Anexo IF-2018-45559715-APNDTEE#ENRE para ser acreditados sobre la liquidación de venta de TRANSNEA S.A. 9.- Notifíquese a CAMMESA y a TRANSNEA S.A. con copia de los Anexos IF-2018-45558177-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45558318-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45558434-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45558549-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45558662-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45558781-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45558941-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45559050-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45559132-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45559230-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45559425-APNDTEE#ENRE, IF-2018-45559578-APN-DTEE#ENRE y IF-2018-45559715-APN-DTEE#ENRE. Hágasele saber que la presente resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto Nº 1.759/72 (T.O. en 2017), dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, así como también, (ii) en forma subsidiaria, o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el artículo 94 del citado Reglamento y en el artículo 76 de la Ley Nº 24.065, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos; y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal previsto en el artículo 81 de la Ley Nº 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales. 10.- Publíquese en la página web del ENRE, conjuntamente con los Anexos IF-2018-45558177-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45558318-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45558434-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45558549-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45558662-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45558781-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45558941-APNDTEE#ENRE, IF-2018-45559050-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45559132-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45559230-APNDTEE#ENRE, IF-2018-45559425-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-45559578-APN-DTEE#ENRE y IF-2018-45559715-APNDTEE#ENRE. 11.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archíve. Firmado: Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron -.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 04/02/2019 N° 5735/19 v. 04/02/2019

Fecha de publicación 04/02/2019