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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 67/2019

RESOL-2019-67-APN-MSG - Ofrécese recompensa.

Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2018-56527690-APN-SCPC#MSG, del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que ante la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 4, a cargo de la Dra. Cristina CAAMAÑO IGLESIAS PAIZ, con intervención del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 33, tramita la causa Nº 62.182/15 (FN 5970/17) caratulada “TESTIMONIOS - MARINO, GABRIEL DAVID Y OTRO S/HOMICIDIO A MUJER PERPETRADO POR UN HOMBRE Y MEDIANTE VIOLENCIA DE GENERO; DAMN: SACAYAN, AMANCAY DIANA”.

Que la mencionada Fiscalía solicita se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión del coautor del homicidio de quien en vida fuera Amancay Diana SACAYAN, D.N.I. N° 24.874.415, nacida el 31 de diciembre del año 1975, quien fue asesinada entre la noche del sábado 10 y la madrugada del domingo 11 de octubre del año 2015, en el interior de su domicilio sito en Avenida Rivadavia 6747, piso 13º, departamento 115 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria, y en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión del coautor del homicidio de quien en vida fuera Amancay Diana SACAYAN, D.N.I. N° 24.874.415, nacida el 31 de diciembre del año 1975, quien fue asesinada entre la noche del sábado 10 y la madrugada del domingo 11 de octubre del año 2015, en el interior de su domicilio sito en Avenida Rivadavia 6747, piso 13º, departamento 115 de esta Ciudad.

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES la difusión y publicación en todas sus formas de los afiches correspondientes a la recompensa ofrecida.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich

e. 07/02/2019 N° 6495/19 v. 07/02/2019

Fecha de publicación 07/02/2019