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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA

Decreto 120/2019

DECTO-2019-120-APN-PTE - Designación.

Ciudad de Buenos Aires, 08/02/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2018-58350021-APN-DD#MECCYT, la Ley N° 24.521 y sus modificatorias y el Decreto N° 173 del 21 de febrero de 1996 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 47 de la citada Ley establece que los miembros de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CONEAU) durarán en sus funciones CUATRO (4) años y que se renovarán en forma parcial.

Que por el Decreto N° 1434/15 se designó al doctor Mariano Alberto Tadeo CANDIOTI (D.N.I. N° 11.723.103), a partir del 13 de diciembre de 2014 como miembro integrante de la citada Comisión en representación del HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN.

Que habiendo vencido dicha designación el HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN ha propuesto la renovación del doctor CANDIOTI para ocupar dicho cargo, en el marco de lo establecido en el artículo 47 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y sus modificatorias.

Que, en consecuencia, corresponde proceder a la designación del referido profesional como miembro de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CONEAU) conforme el período previsto en la normativa vigente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se encuadra en las facultades previstas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 47 de la Ley N° 24.521 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase al doctor Mariano Alberto Tadeo CANDIOTI (D.N.I. N° 11.723.103) miembro integrante de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CONEAU) a partir del 13 de diciembre de 2018 y por un período de CUATRO (4) años, en el marco de lo establecido en el artículo 47 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Alejandro Finocchiaro

e. 11/02/2019 N° 7559/19 v. 11/02/2019

Fecha de publicación 11/02/2019