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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 209/2019

RESOL-2019-209-APN-INCAA#MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 08/02/2019

VISTO el EX-2018-33787854-APN-GA#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1346 de fecha 30 de diciembre de 2016 y N° 877 de fecha 30 de octubre de 2017, y las Resoluciones INCAA Nº 1103-E de fecha 17 de julio de 2018, Nº 1109-E de fecha 18 de julio de 2018 y N° 443-E de fecha 14 de noviembre de 2018, y;

CONSIDERANDO:

Que atento a lo establecido en la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tiene a su cargo el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República, y en el exterior, en cuanto se refiere a la cinematografía nacional.

Que por Resolución INCAA N° 1109-E/2018 se estableció un régimen especial de anticipos de subsidios de medios electrónicos a los efectos del rodaje.

Que el Consejo Asesor aprobó un primer llamado para el año 2019, por el monto máximo de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000.-), para los rodajes iniciados a partir del 01 de febrero de 2019.

Que en ese sentido el llamado fue reglamentado por la Resolución INCAA N° 443-E/2018 en donde se establece una convocatoria de anticipos de subsidios para rodajes comenzados a partir del 1º de febrero de 2019 al 31 de agosto de 2019, para proyectos de películas de audiencia media, y de películas que se hubieran presentado al INSTITUTO DE CINE Y ARTES AUDIOIVUSALES a los efectos de la declaración de interés en el marco de la Resolución INCAA Nº 151/2013 en los términos del artículo 2º de la Resolución INCAA Nº 443-E/2018.

Que la Resolución INCAA N° 1109/2018 establece en su artículo 4° la intervención de un Comité a los efectos de seleccionar los proyectos beneficiarios del anticipo de subsidio a los efectos del rodaje, como así la determinación del monto del mismo.

Que en ese sentido la misma Resolución establece en su artículo 5° que el comité estará integrado por TRES (3) miembros con experiencia en evaluación financiera y económica de proyectos cinematográficos, designados por el Consejo Asesor.

Que asimismo la norma mencionada en el considerando precedente establece que DOS (2) de los integrantes del aludido comité serán designados en los términos establecidos en la Resolución INCAA N° 768-E/2018, y deberán ser productores de reconocida trayectoria en el ámbito cinematográfico, cumpliendo con los antecedentes mínimos exigidos para integrar el comité de selección de proyectos de producciones con anticipos de subsidios por convocatoria previa, siendo el tercer integrante designado a propuesta de la Presidencia del INCAA de un listado de por lo menos TRES (3) integrantes.

Que en la actuación del Comité aludido la Resolución INCAA N° 1109/2018 establece en su artículo 6° que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles contados desde su constitución, el comité deberá elaborar un informe en el que consignará los proyectos aprobados de acuerdo a las pautas establecidas en el artículo 4° de la resolución mencionada, incluyendo hasta un máximo de CINCO (5) proyectos suplentes, con su respectivo orden de mérito, debiendo asimismo confeccionar un informe por cada uno de los proyectos aprobados en donde consten las razones que motivaron la decisión.

Que en ese sentido resulta pertinente establecer la fecha de constitución del Comité a los efectos de contabilizar el plazo citado en el párrafo precedente.

Que conforme el acta de fecha 4 de octubre de 2018, del Consejo Asesor nombrado por el Decreto N °877/2017, conforme lo previsto en el Artículo 5° y concordantes de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Señores Nathalia VIDELA PEÑA (DNI Nº ) Juan MARISTANY (DNI Nº 30.470.182) y Walter Nelson Adriel RABBIA (DNI N°29.270.034) han sido designados como integrantes del comité del régimen especial de anticipos de subsidios de medios electrónicos a los efectos del rodaje establecido en la Resolución INCAA N° 1109-E/2018 en relación al llamado convocado por la Resolución INCAA N° 443-E/2018.

Que los Señores Nathalia VIDELA PEÑA, Juan MARISTANY y Walter Nelson Adriel RABBIA no tienen obligaciones en mora con el INCAA ni poseen interés alguno en los proyectos participantes del llamado convocado por la Resolución INCAA N° 443-E/2018 y cumplen con los requisitos de admisibilidad requeridos en el artículo 5º de la Resolución INCAA N° 1109-E/2018 para la conformación del Comité aludido.

Que resulta pertinente establecer las normas sobre quorum y mayorías del referido Comité.

Que las Subgerencias de Fomento a la Producción Audiovisual y de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado de la misma surge de la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y el Decreto N° 324/2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Designar como miembros del Comité del Régimen Especial de Anticipos de Subsidios de medios electrónicos a los efectos del rodaje establecido en la Resolución INCAA N° 1109-E/2018 en relación al llamado convocado por la Resolución INCAA N° 443-E/2018 a los Señores Nathalia VIDELA PEÑA (DNI. Nº 18.813.726), Juan MARISTANY (DNI. Nº 30.470.182) y Walter Nelson Adriel RABBIA (DNI N° 29.270.034).

ARTÍCULO 2º.- Determinar que el Comité se constituirá a partir del día 11 de febrero de 2019.

ARTÍCULO 3º.- Establecer que el Comité designado en el artículo precedente actuará con quorum de la totalidad de sus integrantes y tomará las decisiones sobre la totalidad de los proyectos por mayoría simple.

ARTÍCULO 4°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ralph Douglas Haiek

e. 12/02/2019 N° 7808/19 v. 12/02/2019

Fecha de publicación 12/02/2019