Edición del
25 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 42/2019

DI-2019-42-APN-ANSV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 30/01/2019

VISTO: VISTO el Expediente EX-2019-00322818-APN-DGA#ANSV del Registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes Nros. 24.449 y 26.363, y la Disposición ANSV N° DI-2019-39-APN-ANSV#MTR y

CONSIDERANDO:

Que por la Disposición ANSV N° DI-2019-39-APN-ANSV#MTR del día 25 de enero de 2019 se aprueba la Licencia Nacional de Conducir en formato digital, y sus características y particularidades operativas en el anexo a la mencionada medida (DI-2019-05031361-APN-ANSV#MTR)

Que se ha advertido que por un error material no se ha consignado en el VISTO de la medida citada el registro del organismo. Asimismo, se advierte que se consigna erróneamente en el Artículo 3° el nombre de la Dirección Nacional del Registro Oficial.

Que en consecuencia resulta procedente la rectificación de la medida, subsanando los errores mencionados.

Que los efectos de la rectificación son retroactivos, considerándose el acto corregido desde su nacimiento como si se lo hubiera emitido correctamente.

Que el artículo 101 del Decreto N° 1.759/72, (T.O por Decreto N° 894/17), dispone que “…en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancia del acto o decisión. En los expedientes electrónicos se realizará mediante la subsanación de errores materiales en el sistema de Gestión Documental Electrónica, previa vinculación del acto administrativo que la autorice…”.-

Que la DIRECCIÓN DE SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, han tomado la intervención que les compete.

Que el Director Ejecutivo de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL resulta competente para la suscripción de la presente Disposición en virtud de las competencias expresamente atribuidas en el artículo 7° incisos b) de la Ley N° 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Rectifíquese la Disposición ANSV N° DI-2019-39-APN-ANSV#MTR del día 25 de enero de 2019.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el VISTO de la Disposición ANSV N° DI-2019-39-APN-ANSV#MTR, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “VISTO el expediente N° EX2019-00322818- -APN-DGA#ANSV, del Registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes N° 24.449, N° 26.363, sus decretos reglamentarios, y Decretos N° 16/15 y N° 8/16, y”

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyase el Artículo 3° de la Disposición ANSV N° DI-2019-39-APN-ANSV#MTR, el cual quedará redactado de la siguiente manera “ARTICULO 3°. – Regístrese, publíquese conjuntamente con el Anexo DI-2019-05031361-APN-ANSV#MTR, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y cumplido, archívese.

ARTÍCULO 4°.- Ratifíquense todos los términos de la Disposición ANSV N° DI-2019-39-APN-ANSV#MTR, que no han sido objeto de modificación por la presente.

ARTÍCULO 5°.-. Regístrese, comuníquese, dése para su publicación a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido archívese. Carlos Alberto Perez

e. 12/02/2019 N° 7832/19 v. 12/02/2019

Fecha de publicación 12/02/2019