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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA ORÁN

ADUANA DE ORAN, 01 DE FEBRERO DE 2019.

Por desconocerse el domicilio, se cita a las personas que más abajo se detallan, para que en el perentorio plazo de (3) tres días hábiles administrativos se presenten a presenciar la verificación física de las mercaderías secuestradas en las mismas, conforme a lo previsto en el Art. 1094 inc. b) del Código Aduanero Ley 22.415, bajo apercibimiento de tener por confirmada las efectuadas sin derecho a reclamar al resultado de la misma, la cual se realizara en la sede de la Aduana de Oran, sita en Av. Palacios N° 830 Local 3 de la ciudad de Oran (Salta). Al propio tiempo se les cita para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles administrativos comparezcan en los Sumarios enumerados respectivamente a presentar defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que en cada caso se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán asimismo constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina (Art. 1001 C.A.), bajo apercibimiento del Art. 1004 C.A. Se les hace saber que de corresponder el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, producirá la extinción de la acción penal aduanera, el antecedente no será registrado (Arts. 930/932 del C.A.). Asimismo se le hace saber que en caso de haber entre las mercaderías secuestradas, artículos de los indicados en el art. 4º y 5º de la Ley 25.603, u otros, perecederos o cualquier otro tipo de mercadería cuya permanencia implicara peligro para su inalterabilidad o la de la contigua, se procederá de conformidad a las previsiones indicadas en la citada Ley 25.603 o en su caso conforme al Capítulo Tercero, Título II, Sección V del Código Aduanero Ley 22.415.-. FDO. BERETTA EDGARDO ENRIQUE. Administrador Aduana de Orán.

SUMARIO NUMEROINTERESADOINFRACC. ARTS. CA.IMPORTE MULTA en PESOS
668/2018/1MAMANI DENIS GABRIEL98795.647,82
660/2018/0FLORES JORGE GUSTAVO987124.497,14
694/2018/3LOZANO GUSTAVO SEBASTIAN98740.901,18
696/2018/KMARTINEZ CRISTIAN ISMAEL987274.042,14
692/2018/7HINCA BRUNO ALBERTO98753.362,83
691/2018/9RIVERA TORREZ ROBERTO98751.635,00
656/2018/7MANSILLA ANTONIO WILFREDO987427.266,95
669/2018/KCHAILE JUAN DANIEL987117.328,00
653/2018/7ZELAYA CONDORI CONCEPCION987169.496,83
698/2018/6RIOS DIEGO GASTON987109.584,26
649/2018/3MORENO SIMON ENRIQUE987449.818,50
647/2018/7GONZALEZ NESTOR ORLANDO98736.047,16
642/2018/0MENDOZA ROBERTO OSCAR98748.652,86
641/2018/2LOPEZ LOURDES SILVINA987868.615,70
639/2018/5ZELARAYAN CARLOS JAVIER98746.296,51
630/2018/6MACHUCA DANIEL ORLANDO98744.754,36
629/2018/7DIAZ MIGUEL ANGEL987170.527,02
627/2018/5VALE FABIAN PABLO EMANUEL987165.654,82
624/2018/0VACA ANA FLORENCIA987126.988,40
614/2018/2JURADO CARMEN GRISELDA987444.459,40
712/2018/4MANSILLA ANTONIO WILFREDO987149.321,02
700/2018/KVERA OSCAR FERNANDO987202.251,46

Edgardo Enrique Beretta, Administrador de Aduana.

e. 12/02/2019 N° 7734/19 v. 12/02/2019

Fecha de publicación 12/02/2019