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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6362/2017

10/11/2017

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular OPRAC 1 – 921. LISOL 1 – 765. Financiamiento al sector público no financiero. Títulos Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“- No formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir títulos públicos a ser emitidos –en pesos– por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por hasta la suma en circulación equivalente a USD 1.500.000.000, en el marco de la Ley 5.876 y de acuerdo con las condiciones establecidas en la Nota Nº 26467616/17 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de “Capitales mínimos de las entidades financieras” y de “Fraccionamiento del riesgo crediticio”.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Agustín Torcassi, Subgerente General de Normas.

e. 13/02/2019 N° 8193/19 v. 13/02/2019

Fecha de publicación 13/02/2019