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Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA

Resolución 40/2019

RESOL-2019-40-APN-SGE#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 15/02/2019

Visto el expediente EX-2016-01054423-APN-DDYME#MEM, y

CONSIDERANDO:

Que la firma Genergíabio Corrientes Sociedad Anónima (Genergíabio Corrientes) solicitó su habilitación como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) para su Central Generación Biomasa Santa Rosa, instalada en el departamento Concepción, provincia de Corrientes, con una potencia nominal de quince megavatios (15 MW), conectada al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de treinta y tres kilovoltios (33 kV) de la Estación Transformadora Parque Industrial Santa Rosa, jurisdicción de la Dirección Provincial de Energía de Corrientes (DPEC).

Que mediante la nota B-111782-1 del 7 de noviembre de 2016 (IF-2016-3258635 APN-DDYME#MEM), obrante en el expediente EX-2016-3254026-APN-DDYME#MEM, que tramite conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto, la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) informó que Genergíabio Corrientes S.A. cumple los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración en el MEM.

Que mediante la resolución 390 del 4 de agosto de 2016 (IF-2016-1063857-APN-DDYME#MEM), el Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA) de la provincia de Corrientes resolvió otorgar la Viabilidad Ambiental al proyecto de la Central Generación Biomasa Santa Rosa.

Que la firma cumplió con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM de la Central Generación Biomasa Santa Rosa se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina 33.978 del 19 de octubre de 2018, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista dependiente de la Subsecretaría de Mercado Eléctrico de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico de esta Secretaría de Gobierno de Energía ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la ley 24.065 y el apartado VIII bis del anexo II al decreto 174 del 2 de marzo de 2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar el ingreso como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a la firma Genergíabio Corrientes Sociedad Anónima (Genergíabio Corrientes) para su Central Generación Biomasa Santa Rosa, instalada en el departamento Concepción, provincia de Corrientes, con una potencia nominal de quince megavatios (15 MW), conectada al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de treinta y tres kilovoltios (33 kV) de la Estación Transformadora Parque Industrial Santa Rosa, jurisdicción de la Dirección Provincial de Energía de Corrientes (DPEC).

ARTÍCULO 2º.- Instruir a Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a Genergíabio Corrientes, titular de la Central Generación Biomasa Santa Rosa, en su vínculo de interconexión con el SADI. A este efecto se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3º.- Notificar a Genergíabio Corrientes, a CAMMESA, a la DPEC y al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría de Gobierno de Energía conforme con lo establecido en el Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto 1759/72 (T.O. 2017).

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Gustavo Sebastián Lopetegui

e. 19/02/2019 N° 9620/19 v. 19/02/2019

Fecha de publicación 19/02/2019