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3 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS

“MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN. Conforme lo dispuesto por el art. 131 párrafo 2 de la Ley 17.132 atento la imposibilidad de ubicar a las sancionadas, se notifique a la Sra. Silvana Elizabeth PALEARI (D.N.I. Nº 22.055.885) y Monica Gladys Josefa BARREIRO (D.N.I. Nº 18.191.639) la Resolución Nº 54 del Sr. SECRETARIO DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS de fecha 17 de mayo de 2016 cuya parte resolutiva reza:

ARTÍCULO 1º.- Sanciónase a la profesional medica Dra. Silvana Elizabeth PALEARI (M.N. Nº 96.253) con una multa de PESOS CINCO MIL ($5.000) por haber infringido los arts. 7, 16, 20 inc. 10, 15 y 21, al art. 21 in fine y al art. 34 de la Ley Nº 17.132 y al art. 16 del Decreto Nº 6216/67 –Reglamentario de la Ley Nº 17.132.-

ARTÍCULO 2º.- Sanciónase a la instrumentadota quirúrgica Mónica Gladys Josefa BARREIRO (M.N.N º 8.035) con una multa de PESOS TRES MIL ($3.000) por haber infringido el art. 16 de la Ley Nº 17.132 así como el art. l6 Decreto Nº 6216/67 –Reglamentario de la Ley Nº 17.132.-

ARTÍCULO 3º- Acuérdase el plazo de CINCO (05) días hábiles, a partir de la fecha de su notificación, para hacer efectivo el pago de la multa impuesta en el Departamento de Tesorería de la Dirección General Administrativa, sita en la Avenida 9 de Julio Nº 1.925 piso 1º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos montos ingresarán al Fondo de Financiamiento 13 (Fondo Nacional de Salud).-

ARTÍCULO 4°.- Los sancionados sólo podrá interponer, dentro de los CINCO (5) días de notificado y previo pago total de la multa impuesta, el pertinente recurso de nulidad y apelación ante la autoridad judicial correspondiente, de conformidad con lo prescripto por el artículo 135 de la Ley N° 17.132 reformado por la Ley Nº 22.650, el que reza: “Contra las resoluciones que dicten los organismo competentes de la autoridad sanitaria nacional, solo podrá interponerse recurso de nulidad y apelación ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Federal y Contencioso Administrativo y dentro del plazo fijado por el artículo 134, cuando se trate de penas de inhabilitación o clausuras establecidas en el artículo 126, y en las penas pecuniarias, prevista en este ultimo artículo y en el 140, previo pago del total de la multa”.-

ARTÍCULO 5º: Regístrese, notifíquese por la DIRECCIÓN DE DESPACHO, gírese al DEPARTAMENTO DE TESORERIA de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIÓN para la continuación del trámite y archívese. FIRMADO: Dr. EDUARDO FRANCISCO MUNIN. SECRETARIO DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS.”

Luciana Paula Fornasiero, Directora Nacional.

e. 19/02/2019 N° 9438/19 v. 21/02/2019

Fecha de publicación 19/02/2019