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3 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS

“MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN. Conforme lo dispuesto por el art. 131 párrafo 2 de la Ley 17.132, atento la imposibilidad de ubicarla, notifíquese a la Sra. Maria Cristina BRAVO (M.N. Nº 145.958) (D.N.I Nº 11.238.174) de la Resolución Nº 26 de fecha 5 de abril de 2016 del Sr. SECRETARIO DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS cuya parte resolutiva reza:

ARTÍCULO 1º.- Sanciónase a la profesional médica Dra. Maria Cristina BRAVO (M.N. Nº 145.958), con uma multa de PESOS TRES MIL ($3.000) por haber transgredido el Artículo 13 de la Ley Nº 17.132.

ARTÍCULO 2.- Acuérdase el plazo de CINCO (05) días hábiles, a partir de la fecha de su notificación, para hacer efectivo el pago de la multa impuesta en el DEPARTAMENTO DE TESORERÍA DE LA DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA, sita en la Avenida 9 de Julio Nº 1.925 piso 1º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos montos ingresarán al Fondo de Financiamiento 13 (Fondo Nacional de Salud).

ARTÍCULO 3°: La sancionada sólo podrá interponer, dentro de los CINCO (5) días de notificado y previo pago total de la multa impuesta, el pertinente recurso de nulidad y apelación ante la autoridad judicial correspondiente, de conformidad con lo prescripto por el artículo 135 de la Ley N° 17.132 reformado por la Ley Nº 22.650, el que reza: “Contra las resoluciones que dicten los organismo competentes de la autoridad sanitaria nacional, solo podrá interponerse recurso de nulidad y apelación ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Federal y Contencioso Administrativo y dentro del plazo fijado por el artículo 134, cuando se trate de penas de inhabilitación o clausuras establecidas en el artículo 126, y en las penas pecuniarias, prevista en este ultimo artículo y en el 140, previo pago del total de la multa”.-

ARTÍCULO 4º: Regístrese, notifíquese por la DIRECCIÓN DE DESPACHO, gírese al DEPARTAMENTO DE TESORERIA a sus efectos. Cumplido, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS para la continuación de su trámite y archívese.

FIRMADO: SRA. DIRECTORA DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS, LUCIANA PAULA FORNASIERO”

Luciana Paula Fornasiero, Directora Nacional, Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

e. 18/02/2019 N° 7936/19 v. 20/02/2019

Fecha de publicación 19/02/2019