BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6382/2017
30/11/2017
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular OPRAC 1 – 923, LISOL 1 – 767. Financiamiento al sector público no financiero. “Programa de Emisión de Letras de Tesorería de la Provincia del Chaco”.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“- No formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir Letras del Tesoro a ser emitidas por la Provincia del Chaco por hasta la suma en circulación de valor nominal $ 600.000.000, en el marco del “Programa de Emisión de Letras de Tesorería de la Provincia del Chaco” – creado por el Decreto Provincial Nº 902/17– y de acuerdo con las condiciones establecidas en la Resolución Nº 199/17 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de “Fraccionamiento del riesgo crediticio”.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Matías A. Gutierrez Girault, Gerente de Emisión de Normas - Agustín Torcassi, Subgerente General de Normas.
e. 21/02/2019 N° 10209/19 v. 21/02/2019
Fecha de publicación 21/02/2019