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2 de Diciembre de 1999

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Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6637/2019

25/01/2019

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular OPRAC 1 - 965. CREFI 2 - 116. “Financiamiento al sector público no financiero”. Conceptos excluidos. Agencias complementarias de servicios financieros.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“- Sustituir el punto 3.2.9. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero” por lo siguiente:

“3.2.9. Financiaciones indirectas al sector público no financiero originadas en subsidios a la tasa de interés derivados de programas de promoción del crédito, en la medida en que su pago esté previsto en el presupuesto de la jurisdicción o ente que corresponda, y/o en la prestación de servicios financieros por delegación de entidades financieras –en el marco de lo previsto en la Sección 9. de las normas sobre “Expansión de entidades financieras”–, en tanto se liquiden en un plazo máximo de 5 días hábiles.”

Por otra parte, se incorpora una interpretación normativa en el punto 9.1. de las normas sobre “Expansión de entidades financieras” relacionada con los sujetos que pueden ser agencias complementarias de servicios financieros.

Asimismo, les hacemos llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero” –aclarándose que se procede a eliminar el punto 3.2.8. atento al vencimiento de la línea de financiamiento para la producción y la inclusión financiera– y “Expansión de entidades financieras”.

Por último, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO – Ordenamientos y resúmenes – Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Agustín Torcassi, Subgerente General de Regulación Financiera.

ANEXO

El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).

e. 21/02/2019 N° 10220/19 v. 21/02/2019

Fecha de publicación 21/02/2019