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MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO

Resolución 254/2018

RESOL-2018-254-APN-SGTYE#MPYT - Ampliación de Personería Gremial del Sindicato del Petróleo y Gas Privado de Río Negro, Neuquén y La Pampa.

Ciudad de Buenos Aires, 03/12/2018

VISTO:

El Expediente Nº 1.503.116/12, del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias por la Ley Nº 25.674 y Ley N° 26.390 y Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente mencionado tramita la solicitud de ampliación de la Personería Gremial formulada por el SINDICATO DE PETRÓLEO Y GAS PRIVADO DE RÍO NEGRO, NEUQUÉN Y LA PAMPA, con fecha 19 de abril de 2012.

Que por Resolución N° 262 de fecha 3 de julio de 1972 del MINISTERIO DE TRABAJO la mencionada entidad obtuvo la Personería Gremial para agrupar a todo el personal de maestranza y administrativo que desempeñan sus tareas en las empresas privadas del petróleo y subsidiarias dedicadas a la extracción, industrialización y comercialización de petróleo y gas de petróleo como sus derivados, con zona de actuación en todo el territorio de las Provincias de Neuquén y Río Negro, la que se encuentra registrada bajo el N° 1296.

Que por Resolución Nº 1007 de fecha 2 de septiembre de 2011 del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la mencionada entidad obtuvo ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial, a la Provincia de La Pampa.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 25 de la Ley N° 23.551 se ha valorado tanto la acreditación del universo de trabajadores como la representatividad respecto del ámbito pretendido, por el período que comprende los meses de octubre de 2011 a marzo de 2012 inclusive; conforme la prueba efectivamente aportada por la peticionante en autos.

Que la entidad acreditó poseer en el periodo semestral pertinente, una representación cotizante superior al veinte por ciento (20%) respecto del personal de maestranza y administrativo que desempeñan sus tareas en las empresas privadas del petróleo y subsidiarias dedicadas a la extracción, industrialización y comercialización de petróleo y gas de petróleo, como sus derivados, con zona de actuación en la Provincia de La Pampa, ámbito sobre el cual versará la presente Resolución, conforme lo previsto por el artículo 25 de la ley 23.551.

Que pudiendo existir en el ámbito y zona de actuación solicitado, colisión con los ámbitos que detentan sindicatos de primer grado con personería gremial preexistente, se corrió traslado en virtud de lo prescripto en el artículo 28 de la Ley N° 23.551 a la siguiente entidad: SINDICATO DE PETRÓLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES DE BAHÍA BLANCA, LA PAMPA Y PATAGONIA ARGENTINA,

Que la peticionante ha acreditado una representación constante en cada uno de los meses requeridos, cumpliendo la exigencia de los artículos 28 de la Ley N° 23.551 y 21 del Decreto Reglamentario N° 467/88.

Que a excepción de la peticionante, la entidad con personería gremial preexistente, no acreditó poseer afiliación cotizante en el ámbito personal y territorial pretendido.

Que obra dictamen jurídico de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales al tomar intervención, receptando favorablemente la petición de autos.

Que consecuentemente, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 25 y siguientes de la Ley N° 23.551, corresponde otorgar la personería gremial a la peticionante, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 2 bis inc. 41), de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N° 802/18.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Otórgase al SINDICATO DEL PETRÓLEO Y GAS PRIVADO DE RÍO NEGRO, NEUQUÉN Y LA PAMPA con domicilio en calle Santa Cruz N° 267 de la Ciudad de Neuquén, Provincia de Neuquén, la ampliación de la Personería Gremial para agrupar al personal de maestranza y administrativo que desempeñan sus tareas en las empresas privadas de petróleo y subsidiarias dedicadas a la extracción, industrialización y comercialización de petróleo y gas de petróleo, como sus derivados; con zona de actuación en todo el territorio de la Provincia de La Pampa.

ARTICULO 2.- Exclúyase de la personería gremial del SINDICATO DE PETRÓLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES DE BAHÍA BLANCA, LA PAMPA Y PATAGONIA ARGENTINA, el ámbito y territorial del personal de maestranza y administrativo que desempeñan sus tareas en las empresas privadas de petróleo y subsidiarias dedicadas a la extracción, industrialización y comercialización de petróleo y gas de petróleo, como sus derivados con zona de actuación en todo el territorio de la Provincia de La Pampa, respecto del cual conservará la simple Inscripción Gremial.

ARTICULO 3°.- Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo de sus estatutos y de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales Nº 12/01.

ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. Alberto Jorge Triaca

e. 26/02/2019 N° 11341/19 v. 26/02/2019

Fecha de publicación 26/02/2019