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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO

Decisión Administrativa 120/2019

DA-2019-120-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 26/02/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-01850388-APN-SGM#JGM, la Ley N° 27.467, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa N° 296 del 9 de marzo de 2018 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.

Que por el Decreto N° 355/17 y su modificatorio se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que por la Decisión Administrativa N° 296/18 y su modificatoria se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo del ex MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO solicita la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director General de Administración y Programación Financiera dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la mencionada Secretaría.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 2º del Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase transitoriamente, a partir del 8 de enero de 2019 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde la fecha de la presente medida, al doctor Martín Alejandro BUGEIRO (M.I. N° 26.864.866), en el cargo de Director General de Administración y Programación Financiera dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, Nivel A, Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en el Título II, Capítulos III, IV y VIII; y en el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 51-02 – MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Dante Sica

e. 27/02/2019 N° 12211/19 v. 27/02/2019

Fecha de publicación 27/02/2019