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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Resolución 147/2019

RESOL-2019-147-APN-SECPYME#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 26/02/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-06286921- -APN-DGD#MPYT, la Resolución Conjunta N° 1 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y del ex MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES de fecha 25 de agosto de 2016 y su modificatoria, la Resolución N° 732 de fecha 18 de septiembre de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y la Resolución Conjunta N° 1 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de fecha 8 de octubre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Conjunta N° 1 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y del ex MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES de fecha 25 de agosto de 2016 y su modificatoria, se creó el Programa de Estímulo a la Formación de Analistas del Conocimiento, denominado “Programa 111 Mil”, con el objeto de promover la capacitación técnica de recursos humanos orientados al sector de servicios basados en el conocimiento y favorecer la generación de empleo de calidad y su mayor accesibilidad.

Que, mediante la citada norma, se designó a la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN como Autoridad de Aplicación del mencionado programa.

Que mediante la Resolución Conjunta N° 1 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de fecha 8 de octubre de 2018, se modificó la Autoridad de Aplicación del citado Programa, designándose como tal a la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que a través de la Resolución N° 732 de fecha 18 de septiembre de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se instituyó la Certificación de Competencias en el marco del Programa de Estímulo a la Formación de Analistas del Conocimiento, denominado “Programa 111 Mil”, dirigida a todas aquellas personas que, hayan participado del programa y que voluntariamente deseen acreditar los conocimientos adquiridos mediante la extensión del Certificado instituido.

Que, asimismo, mediante el Artículo 2° de la resolución citada en el considerando inmediato anterior, se aprobó el Procedimiento de Certificación de Competencias complementario al Programa de Estímulo a la Formación de Analistas del Conocimiento, denominado “Programa 111 Mil”, a los fines de verificar que las personas hayan adquirido las competencias pertinentes y posean las aptitudes para ingresar al mercado laboral de tecnologías de la información con los conocimientos mínimos requeridos para desempeñarse como programadores iniciales.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 5° de la Resolución Conjunta N° 1/16 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y del ex MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES y su modificatoria.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase, a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la presente resolución hasta el día previo de cierre de cada período establecido en el Artículo 3° de la presente medida, a los interesados en Certificar Competencias en el marco del Programa de Estímulo a la Formación de Analistas del Conocimiento denominado “Programa 111 Mil”, a presentar su correspondiente solicitud de inscripción.

ARTÍCULO 2°.- Los interesados referidos en el artículo precedente podrán Certificar Competencias dentro de los períodos que se detallan en el Artículo 3° de la presente medida, para ello deberán ingresar en el sitio web http://www.argentina.gob.ar/111mil, completar la respectiva solicitud y continuar con el procedimiento indicado, de conformidad a lo dispuesto en el Anexo de la Resolución N° 732 de fecha 18 de septiembre de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que los períodos de Certificación de Competencias del Programa de Estímulo a la Formación de Analistas del Conocimiento denominado “Programa 111 Mil” “Programa 111 Mil” se desarrollaran de la siguiente manera:

Primer período: Del lunes 18 de marzo al viernes 22 de marzo del 2019.

Segundo período: Del lunes 24 de junio al viernes 28 de junio del 2019.

Tercer período: Del lunes 16 de septiembre al viernes 20 de septiembre del 2019.

Cuarto período: Del lunes 9 de diciembre al viernes 13 de diciembre del 2019.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Mariano Mayer

e. 27/02/2019 N° 11966/19 v. 27/02/2019

Fecha de publicación 27/02/2019