Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA DE COLÓN

EDICTO

“-----Se comunica al Sr. Julio César SERRANO LÓPEZ Pasaporte Nº A01818168, de nacionalidad salvadoreña, que con fecha 11 de septiembre de 2018, en el marco del Sumario Contencioso 013-SC-38- 2018/K (Actuación SIGEA 17549-98-2018), ha recaído auto de CORRIDA DE VISTA, por medio del cual se lo cita a los efectos de que dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles contados a partir de la publicación del presente comparezca en el Sumario mencionado, presente su defensa y acompañe la documental que estuviere en su poder, o en su caso la individualice indicando su contenido, lugar y persona en cuyo poder se encontrare, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía en los términos del artículo 1105 del Código Aduanero (Ley Nº22.415.) Ello obedeciendo a que se le imputa la infracción prevista y penada en el artículo 970 del citado ordenamiento legal, con motivo de un procedimiento efectuado el 16 de mayo de 2018 por personal de esta División Aduana de Colón (E.R.), en el carril de egreso del país del Área de Control Integrado (A.C.I.) del Puente Internacional “General Artigas” (Z.P.A.), cuando siendo las 9:30h se controló la documentación de la motocicleta de su propiedad en que se conducía, marca BMW, modelo R1200GS, año 2007, matrícula “M18321” (El Salvador), constatándose que no poseía documentación alguna que amparara su permanencia en territorio nacional, manifestando al respecto el nombrado que había sufrido un accidente y por ello la extravió, careciendo asimismo de toda constancia que avale ese incidente. Consultados los sistemas Enysa y Migratorio pudo advertirse su ingreso con el rodado en trato a la Argentina por la Aduana de Gualeguaychú en fecha 18/08/2014, otorgándose en el marco dela Resolución ANA Nº308/84 (puntos 1.1, 1.3 y 1.4 del Anexo III) el correspondiente formulario “Declaración Jurada Admisión Temporaria Vehículos de Turistas” N.º 2014-026-7-1443, el que se encuentra con el plazo vencido desde el día 7/4/2015 para reexportar dicho vehículo del país, ordenándose en consecuencia su secuestro (conf. Acta Nº042/2018 “SEIO”.) En su presentación deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana (art. 1.001 del C.A.), bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados de esta oficina aduanera, donde se le notificarán de pleno derecho todas las resoluciones y providencias que se dictaren, en la forma prevista por el art. 1013 inc. g), conforme lo estatuido en el artículo 1004 del mismo cuerpo normativo. Téngase presente que solo podrán presentarse por un derecho o un interés que no sea propio aquellas personas que ejercieran una representación legal y quienes se encontraren inscriptos en la matrícula de procuradores o abogados para actuar ante la Justicia Federal, debiendo en su primera presentación acreditar y acompañar la documentación que acredite su personería, acorde con lo establecido en los arts. 1.030 y 1.031 del Código Aduanero. Asimismo se le hace saber que, efectuado antes del vencimiento del plazo más arriba indicado el pago voluntario del mínimo de la multa que pudiere aplicarse por el hecho enrostrado, la cual asciende a PESOS CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON TREINTA CENTAVOS ($189.658,30), se producirá la extinción de la acción penal y el presente no será registrado como antecedente (conf. arts. 930 y 932 del Código Aduanero.) Se comunica que el importe adeudado en concepto de TRIBUTOS por la importación de la mercadería involucrada asciende a DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CERO CENTAVOS (u$s7.886,00), el cual se convertirá en pesos según la cotización oficial del día anterior a la efectivización de su pago. Firmado: Hugo Miguel Guglielmino – Administrador Aduana de Colón- Aduana de Colón sito en Alejo Peyret 114 – COLÓN – ENTRE RÍOS”.-

Hugo Miguel Guglielmino, Administrador de Aduana.

e. 27/02/2019 N° 11718/19 v. 27/02/2019

Fecha de publicación 27/02/2019