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Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 194/2019

RESOL-2019-194-APN-INCAA#MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2019

VISTO el Expediente Nº 3630/2017 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, el Decreto Nº 877 de fecha 30 de octubre de 2017 y las Resoluciones INCAA Nº 1 de fecha 2 de enero de 2017 y sus modificatorias, Nº 545-E de fecha 11 de abril de 2018 y Nº 1311-E de fecha 23 de agosto de 2018, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias pone a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en el territorio de la República Argentina y de la actividad cinematográfica nacional en el exterior.

Que el Artículo 21º del Anexo I de la Resolución INCAA Nº 1/2017 y sus modificatorias establece la conformación del COMITÉ DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN, el cual estará compuesto por CINCO (5) integrantes, los cuales serán seleccionados entre Productores, Directores, Guionistas Cinematográficos, Actores Nacionales y Técnicos de la Industria Cinematográfica Nacional con debida trayectoria y experiencia.

Que por Resolución INCAA Nº 545-E/2018, se designó a los miembros del COMITÉ Nº 3 DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN.

Que por el fallecimiento del Sr. Norberto Isidoro RAPADO y la renuncia por cuestiones laborales del Sr. Ezio Rafael MASSA, el Comité ha quedado sin el quorum legalmente necesario.

Que el Consejo Asesor mediante Acta de fecha 20 de julio de 2018 ha nombrado a los reemplazantes para que el Comité cumpla con su funcionamiento.

Que dichos reemplazantes fueron designados por Resolución INCAA Nº 1311-E/2018.

Que conforme a la normativa aplicable al funcionamiento del Comité, el mismo debía haber terminado sus funciones con fecha 30 de octubre de 2018.

Que el Comité ha solicitado mediante Nota presentada al Organismo con fecha 12 de octubre de 2018, extensión del plazo de sus funciones para cumplimentar la labor que les compete.

Que los argumentos vertidos por los miembros del Comité, refieren a la demora para lograr quorum debido a la renuncia de uno de los miembros y el fallecimiento de otro, lo que recién se logró al momento del dictado de la Resolución INCAA Nº 1311-E/2018.

Que la Subgerencia de Fomento a la Producción Audiovisual y la Subgerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y del Decreto N° 324/2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Convalidar la prórroga en sus funciones como miembros del COMITÉ Nº 3 DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN, a la productora Milagros ROQUE PITT (DNI N° 24.755.101), al director Martín Alejandro Gustavo DESALVO (DNI N° 23.124.872), a la guionista Sandra Beatriz GUGLIOTTA, (DNI N° 17.166.690), al actor Carlos Eduardo BERRAYMUNDO (DNI 17.203.569) y a la técnico Anabela Laura LATTANZIO (DNI N° 29.126.346), desde el 1 de noviembre hasta el 30 de noviembre de 2018.

ARTÍCULO 2º.- Establecer que el monto total a abonar en concepto de honorarios, por la tarea realizada, en el período 1 de noviembre de 2018 al 30 de noviembre de 2018, asciende a la suma PESOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 42.500.-).

ARTÍCULO 3°.- Determinar que el monto mencionado en el artículo segundo de la presente Resolución será abonado en la suma de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS ($ 8.500.-) para cada integrante.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, notifíquese a los interesados, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ralph Douglas Haiek

e. 01/03/2019 N° 12885/19 v. 01/03/2019

Fecha de publicación 01/03/2019