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Legislación y Avisos Oficiales
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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 227/2019

RESOL-2019-227-APN-SSS#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 27/02/2019

VISTO el EX-2018-06562524-APN-GCEF#SSS, la Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661, el Decreto Nº 1400 del 4 de noviembre de 2001 y la Resolución Nº RESOL-2018-62-APN-SSS#MS de fecha 31 de enero de 2018; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el VISTO se dió de baja del Registro Nacional de Obras Sociales como Agente del Seguro de Salud, a la ASOCIACIÓN DE OBRAS SOCIALES DE SAN JORGE (R.N.O.S Nº 6-0260-2).

Que en dicho acto administrativo se designó al Contador Público Nacional Norberto Luis AGUIRRE (DNI Nº 7.616.387) como Delegado Liquidador, a los fines de la liquidación administrativa de la entidad y/o en su caso, presentarse ante los tribunales pertinentes a fin de solicitar la quiebra en los términos establecidos por la Ley Nº 24.522.

Que en atención a lo dispuesto, se facultó a la GERENCIA DE CONTROL ECONÓMICO FINANCIERO a través del ÁREA CRISIS Y LIQUIDACIÓN DE OBRAS SOCIALES, a efectuar el monitoreo del referido proceso de liquidación; impartiendo las instrucciones del caso al Delegado Liquidador, a fin de que presente un plan de trabajo e informe -periódicamente- sobre los avances que registre el proceso liquidatorio.

Que en este orden, con fecha 26/04/2018, el Contador AGUIRRE presentó su plan de trabajo; siendo el mismo analizado por el área técnica competente, sin formularle observaciones al respecto.

Que el Delegado Liquidador acompañó, el 10/06/2018 y 13/07/2018, sendos informes explicitando los avances del mentado Plan.

Que con fecha 06/11/2018, presentó el informe final de gestión, con el detalle de todo lo actuado; practicándose una minuciosa descripción del cumplimiento de las tareas que oportunamente le encomendaran.

Que entre los aspectos más relevantes, precisa el Delegado Liquidador que los integrantes del último Consejo Directivo de la entidad (período 2013/2017) y el Contador que prestó servicios y dictaminó al 31/12/2012, el último balance de la entidad (conforme Acta Nº 100 de fecha 03/06/2013), le proporcionaron la documentación obrante en su poder.

Que por Acta Nº 113, de fecha 26/05/2014, en la que participaron los miembros del Consejo Directivo y los representantes de los seis (6) gremios integrantes de la (ex) ADOS SAN JORGE, se expuso la difícil situación económica y financiera por la que atravesaba la Farmacia (propiedad de la entidad), aprobándose por unanimidad el cierre de la misma y la venta total del inmueble y su contenido.

Que al respecto, el Delegado Liquidador informó que se le entregó la documentación referida a las distintas etapas que llevaron a la venta del inmueble, la cancelación de las deudas e hipoteca, el pago de los gastos que se generaron y las tramitaciones por cierre en las oficinas del Estado y en las empresas de servicios públicos.

Que materializada la venta del inmueble, procedieron a cancelar la hipoteca con el Banco CREDICOOP, a saldar las deudas mantenidas con proveedores, prestadores de servicios (abogados y escribanos), tasas, impuestos, contribuciones y se abonó al personal de la (ex) ADOS SAN JORGE, los importes indemnizatorios acordados y homologados judicialmente.

Que en lo que hace a las prestaciones-médico asistenciales, no se realizó ninguna gestión, por carecer el (ex) Agente del Seguro de Salud de población beneficiaria.

Que el Delegado Liquidador explicitó que “…estamos frente a una empresa liquidada, sin bienes, sin personal, sin deudas y sin saldos bancarios a su favor”; estimando finalizado el proceso liquidatorio.

Que el Área Crisis y Liquidación de Obras Sociales de la Gerencia de Control Económico Financiero, encargada de monitorear el proceso, analizó el informe final presentado, concluyendo que se cumplimentó el plan de trabajo, no surgiendo observaciones al mismo (IF-2018-66773537-APN-SCEFASS#SSS).

Que en consecuencia, corresponde dar por finalizado el proceso de liquidación de la (ex) ASOCIACIÓN DE OBRAS SOCIALES DE SAN JORGE (ex R.N.O.S 6-0260-2). y por concluida la gestión del C.P.N. Norberto Luis AGUIRRE (DNI Nº 7.616.387) como Delegado Liquidador del (ex) Agente del Seguro de Salud.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos toma la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y N° 1132 de fecha 13 de diciembre de 2018.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- DÁSE por finalizado el proceso de liquidación de la (ex) ASOCIACIÓN DE OBRAS SOCIALES DE SAN JORGE (ex R.N.O.S. Nº 6-0260-2), con fundamento en lo expuesto en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2º.- DÁSE por concluida la gestión del Contador Público Nacional Norberto Luis AGUIRRE (DNI Nº 7.616.387), como Delegado Liquidador de la (ex) ASOCIACIÓN DE OBRAS SOCIALES DE SAN JORGE (ex R.N.O.S. Nº 6-0260-2).

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese al C.P.N. Norberto Luis AGUIRRE (DNI Nº 7.616.387), publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, pase al Área Crisis y Liquidación de Obras Sociales de la Gerencia de Control Económico Financiero y a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga de la Gerencia de Asuntos Jurídicos para la intervención de sus respectivas competencias y, oportunamente archívese. Sebastián Nicolás Neuspiller

e. 06/03/2019 N° 13139/19 v. 06/03/2019

Fecha de publicación 06/03/2019