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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

Resolución 51/2019

RESOL-2019-51-APN-SCI#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-00523131- -APN-DGD#MPYT, las Leyes Nros. 24.240 y 22.802, los Decretos Nros. 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, y las Resoluciones Nros. 2 de fecha 3 de enero de 2014 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, 525 de fecha 3 de septiembre de 2018 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO

Que por el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios se aprobó, entre otros aspectos, el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría estableciendo sus respectivas competencias.

Que, el Decreto N° 48 de fecha 14 de enero de 2019, establece que la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, tiene entre sus facultades la de entender en la formulación y ejecución de la política comercial interior.

Que, mediante la Resolución N° 525 de fecha 3 de septiembre de 2018 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINSTERIO DE PRODUCCIÓN, se encomendó a la ex SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la citada ex Secretaría la implementación, administración y supervisión del Programa “Precios Cuidados”.

Que, en consecuencia, mediante la Disposición N° 46 de fecha 28 de septiembre de 2018 de la ex SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, fueron aprobados los modelos de convenio para ser suscriptos con las empresas de supermercados y las empresas proveedoras de productos de consumo masivo en el marco del Programa “Precios Cuidados”.

Que, asimismo, en la citada disposición, se aprobaron los isologotipos del Programa “Precios Cuidados” y el modelo de Saliente de Góndola del citado Programa.

Que, dicho Programa se ha constituido como una herramienta valiosa para garantizar el precio de referencia de ciertos productos de consumo masivo.

Que, en este sentido, es relevante destacar que se ha incrementado progresivamente la cantidad de productos incorporados al programa, así como se han diversificado los rubros alcanzados.

Que, en virtud de ello, esta SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, es quien detenta actualmente la potestad para aprobar los nuevos modelos de convenio referidos al Programa “Precios Cuidados”, renegociar los términos de los acuerdos oportunamente adoptados con las empresas de supermercados y las empresas proveedoras de productos de consumo masivo, así como a rubricar los Convenios donde se plasmen las nuevas condiciones previstas para cada participante del programa.

Que, resulta pertinente modificar aquellos convenios previstos únicamente para los supermercados de origen asiático a los fines de ampliar el programa a todos aquellos autoservicios de cercanía.

Que, a su vez, con el objeto de lograr mayor claridad frente a los consumidores, es necesario diferenciar en el convenio con Supermercados Mayoristas a aquellos precios que tengan como destinatarios a consumidores finales y a los comerciantes.

Que, en este sentido, deviene necesario especificar en todos los convenios que las infracciones serán consideradas en base a aquellos productos que sean objeto de fiscalización.

Que, en función de lo expuesto, resulta pertinente por la presente medida derogar las Resoluciones Nros. 2 de fecha 3 de enero de 2014 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y 525/18 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO, y la Disposición N° 46/18 de la ex SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, a fin de introducir las modificaciones anteriormente mencionadas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que, la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nros 174/18 y sus modificatorios y 48/19.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el modelo de Convenio para ser suscripto con las Empresas de Supermercados Minoristas en el marco del Programa “Precios Cuidados” que, como Anexo I (IF-2019-06885193-APN-SSPMI#MPYT), forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Modelo de Convenio para ser suscripto con las Empresas Proveedoras de Productos de Consumo Masivo en el marco del Programa “Precios Cuidados” que, como Anexo II (IF-2019-06884565-APN-SSPMI#MPYT), forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Apruébase el Modelo de Convenio para ser suscripto con las Empresas de Supermercados Mayoristas, en el marco del Programa “Precios Cuidados” que, como Anexo III (IF-2019-06884727-APN-SSPMI#MPYT), forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- Apruébase el Modelo de Convenio para ser suscripto con las Empresas de Autoservicios de Cercanía, en el marco del Programa “Precios Cuidados” que, como Anexo IV (IF-2019-06885323-APN-SSPMI#MPYT), forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5º.- Apruébase el isologotipo del Programa “Precios Cuidados”, cuya imagen y descripción técnica se establece en el Anexo V que, como IF-2019-06885079-APN-SSPMI#MPYT, forma parte integrante de la presente resolución.

El isologotipo del Programa “Precios Cuidados” podrá ser utilizado únicamente por las empresas adheridas al mencionado Programa, quienes deberán ajustarse estrictamente al diseño aprobado por la presente medida.

El isologotipo del Programa “Precios Cuidados” deberá ser utilizado por todas las empresas de supermercados adheridas al Programa “Precios Cuidados” en su folletería y/o cualquier otro material de difusión relacionado con su respectivo negocio, en el que se haga mención al referido Programa o a los productos incorporados al mismo.

En caso de que las empresas pretendieran darle al isologotipo aprobado un uso distinto del previsto por la presente medida, deberán contar con la autorización fehaciente de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

ARTÍCULO 6º.- Apruébase el modelo de “Saliente de Góndola” del Programa “Precios Cuidados”, cuya imagen y descripción técnica se establece en el Anexo VI que, como (IF-2019-06885514-APN-SSPMI#MPYT), forma parte integrante de la presente resolución.

El “Saliente de Góndola” deberá ser instalado por todas las empresas de supermercados adheridas al Programa “Precios Cuidados” en cada espacio destinado a la exhibición de productos incorporados al mismo y deberá ajustarse estrictamente al diseño establecido mediante el Anexo VI de la presente medida.

ARTÍCULO 7º.- Invítase a los Gobiernos Provinciales a fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las empresas de supermercados y proveedoras de productos de consumo masivo en el marco del Programa “Precios Cuidados”.

ARTÍCULO 8º.- Los incumplimientos al Programa “Precios Cuidados” serán sancionados de conformidad con las previsiones de la Ley N° 24.240.

ARTÍCULO 9º.- Derógase la Resolución N° 2 de fecha 3 de enero de 2014 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

ARTÍCULO 10.- Derógase la Resolución N° 525 de fecha 28 de septiembre de 2018 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 11.- Derógase la Disposición N° 46 de fecha 28 de septiembre de 2018 de la ex SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

ARTÍCULO 12.- La presente medida comenzará a regir a partir del día de su emisión.

ARTÍCULO 13.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ignacio Werner

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/03/2019 N° 13521/19 v. 07/03/2019

Fecha de publicación 07/03/2019