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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 390/2019

RESOL-2019-390-APN-INCAA#MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2019

VISTO el EX-2019-10138166-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, la Ley N° 26.522, y el Decreto N° 1.225 de fecha 01 de septiembre de 2010, y;

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA) es el organismo encargado del fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República Argentina y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias.

Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se halla la facultad del INCAA de auspiciar concursos y premios.

Que el Decreto Nº 1225/2010 estableció la obligación del INCAA de promover y fomentar la producción de contenidos para televisión estableciéndose sus modalidades y alcances por medio de la actividad reglamentaria propia de este organismo.

Que a los fines mencionados, se considera conducente llamar al “CONCURSO DE DESARROLLO DE PROYECTOS DE SERIES - 2019”, siendo necesario el establecimiento de los requisitos y el procedimiento correspondientes..

Que por el presente acto resolutivo el INCAA llama a concurso a productores que residan en el Territorio Nacional a presentar propuestas inéditas y originales para la producción y realización de series de ficción, docuficción y animación.

Que las personas físicas o jurídicas que participen del citado concurso deberán haber producido y estrenado, al menos, UNA (1) serie de OCHO (8) o más episodios o UN (1) largometraje.

Que con la finalidad de que esta realización aporte al acervo de identidad nacional, provincial y regional, se considera oportuno financiar el desarrollo de proyectos de ficción, docuficción y animación, para lo cual el INCAA otorgará hasta QUINCE (15) premios de hasta un CIEN POR CIENTO (100%) del presupuesto del proyecto presentado con un tope máximo de PESOS UN MILLON ($1.000.000.-) por proyecto.

Que el presentante de cada proyecto que resulte ganador del concurso deberá firmar un contrato de instrumentación de premio con el INCAA, obligándose al cumplimiento de todos los requerimientos que se explicitarán en dicho contrato.

Que la Subgerencia de Fomento a la Producción Audiovisual, la Subgerencia de Administración y Finanzas y la Subgerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para la aprobación de la siguiente medida se encuentra prevista en la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y el Decreto N° 324/2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Llamar a productores que residan en el Territorio Nacional de la República Argentina, con antecedente de haber producido y estrenado, UNA (1) serie de OCHO (8) o más episodios o UN (1) largometraje, a participar del “CONCURSO DE DESARROLLO DE PROYECTOS DE SERIES - 2019” presentando propuestas inéditas de series de ficción, docuficción y animación estableciendo como plazo de presentación desde la fecha de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la República Argentina hasta el 21 de abril de 2019 a las 23.59hs, en los términos previstos en las Bases y Condiciones del concurso que se aprueban en el Artículo siguiente.

ARTÍCULO 2°.- Aprobar las Bases y Condiciones del “CONCURSO DE DESARROLLO DE PROYECTOS DE SERIES - 2019” identificadas como IF-2019-12900532-APN-SGFPA#INCAA y que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente Resolución, las cuales serán publicadas en el sitio web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES - http://www.incaa.gob.ar/

ARTÍCULO 3°.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la República Argentina por el plazo de UN (1) día en la Primera Sección.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. Ralph Douglas Haiek

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/03/2019 N° 13788/19 v. 07/03/2019

Fecha de publicación 07/03/2019