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27 de Marzo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS

“MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN. Conforme lo dispuesto por el art. 131 párrafo 2 de la Ley 17.132 atento la imposibilidad de ubicarlo, notifiquese al Sr. Facundo Martín MONTI D.N.I. Nº 18.253.465 de la Resolución Nº 47 de fecha 10 de febrero de 2017 cuya parte resolutiva reza:

ARTÍCULO 1º: Sanciónase al médico Facundo Martín MONTI (MN Nº 109.284) con una multa de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000), por transgredir los art. 7, 34, 35 Y 36 de la Ley 17.132.

ARTÍCULO 2º: Acuérdase el plazo de CINCO (05) días hábiles, a partir de la fecha de su notificación, para hacer efectivo el pago de la multa impuesta en el DEPARTAMENTO DE TESORERÍA de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, sita en la Avenida 9 de Julio Nº 1.925 piso 1º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos montos ingresarán al Fondo de Financiamiento 13 (Fondo Nacional de Salud).

ARTÍCULO 3°: El sancionado sólo podrá interponer, dentro de los CINCO (5) días de notificado y previo pago total de la multa impuesta, el pertinente recurso de nulidad y apelación ante la autoridad judicial correspondiente, de conformidad con lo prescripto por el artículo 135 y concordantes de la Ley N° 17.132, el que reza; “Contra las resoluciones que dicten los organismo competentes de la Secretaría de Estado de Salud Publica, solo podrá interponerse recurso de nulidad y apelación ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Federal y Contencioso Administrativo cuando se trate de penas de clausura, multas superior a cien mil pesos moneda nacional ($100.000) o inhabilitación, establecidas en el articulo 126, dentro del plazo fijado por el articulo 134, y tratándose de penas pecuniarias previo pago total de la multa y dentro del mismo plazo. En los demás casos las resoluciones que se dicten harán cosa juzgada.”

ARTÍCULO 4º: Regístrese, notifíquese por la DIRECCIÓN DE DESPACHO dando cumplimiento a lo estipulado por los artículos 41 y subsiguientes del Decreto Nº 1759/72 reglamentario de la Ley Nº 19.549, gírese al DEPARTAMENTO DE TESORERIA de la DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN para la continuación de su trámite y archívese. FIRMADO: Dr. EDUARDO MUNIN. SECRETARIO DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS.”

Luciana Paula Fornasiero, Directora Nacional.

e. 06/03/2019 N° 12822/19 v. 08/03/2019

Fecha de publicación 07/03/2019