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25 de Abril de 2024

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Primera sección


MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS

“MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN. Conforme lo dispuesto por el art. 131 párrafo 2 de la Ley 17.132 atento la imposibilidad de ubicarlo, notifiquese a la firma NUEVA ESTETICA SRL CUIT 30-70981286-2 y a Ricardo Horacio PURDIA DNI Nº 4.445.500 la Resolución Nº 207 de fecha 23 de junio de 2014 cuya parte resolutiva reza:

ARTÍCULO 1º: Sanciónase a la firma “NUEVA ESTETICA SRL” (CUIT 30-70981286-2) en su carácter de propietaria de los consultorios sitos en la Avenida Santa fe Nº 3.205, PB, Dpto. “1” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por haber infringido los artículos 7º, 19º inc. 7), 34º, 35º y 36º de la Ley Nº 17.132, con una mulita de PESOS TRES MIL ($3.000).

ARTÍCULO 2º: Sanciónase al Dr. Ricardo Horacio PURDIA (DNI Nº 4.445.500) M.N. Nº 50.021), en su carácter de Director Titular de los referidos consultorios, por haber infringido los artículos 7º, 19º inc. 7), 34º, 35º y 36º de la Ley Nº 17.132, con una mulita de PESOS TRES MIL ($3.000).

ARTÍCULO 3º: Contra la presente, los interesados sólo podrá interponer recurso de nulidad y apelación de los términos del artículo 135 de la Ley Nº 17.132, reformado por la Ley Nº 22.650 el que reza “Contra las resoluciones que dicten los organismo competentes de la Secretaría de Estado de Salud Publica, solo podrá interponerse recurso de nulidad y apelación ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Federal y Contencioso Administrativo y dentro del plazo fijado por el articulo 134, cuando se trate de penas de inhabilitación o clausura establecidas en el artículo 126 y en las penas pecuniarias, previstas en este mismo articulo y en el 140, previo pago del total de la multa.

ARTÍCULO 4º: Acuérdase el plazo de CINCO (05) días hábiles, a partir de la fecha de su notificación, para hacer efectivo el pago de la multa impuesta en el DEPARTAMENTO DE TESORERÍA de la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA, sita en la Avenida 9 de Julio Nº 1.925 piso 1º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos montos ingresarán al Fondo de Financiamiento 13 (Fondo Nacional de Salud).

ARTÍCULO 5º: Regístrese, notifíquese por la DIRECCIÓN DE DESPACHO, publíquese, gírese al DEPARTAMENTO DE TESORERIA a sus efectos. Cumplido, pase a la DIRECCCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS para la continuación de su tramite y archívese.” FIRMADO: Dr. Gabriel YEDLIN. SECRETARIO DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS.”

Luciana Paula Fornasiero, Directora Nacional.

e. 06/03/2019 N° 12868/19 v. 08/03/2019

Fecha de publicación 07/03/2019