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MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 152/2019

DA-2019-152-APN-JGM - Apruébase y adjudícase Licitación Pública N° 54/2018.

Ciudad de Buenos Aires, 07/03/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-49074927-APN-DCYC#MSYDS, el Decreto N° 1023 del 13 de agosto de 2001 y el Decreto N° 1030 del 15 de septiembre de 2016 y sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la Licitación Pública N° 54/18 del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, autorizada por Resolución MSYDS N° 223 del 7 de noviembre de 2018, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 inciso a) apartado 1 y 26 incisos a) apartado 1 y b) apartado 1 del Decreto N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios, reglamentados por los artículos 10, 13, 27 inciso c) y 28 del Anexo al Decreto Nº 1030/16 y sus normas modificatorias y complementarias y el Título II del Anexo a la Disposición ONC N° 62/16 y sus modificatorias, con el objeto de lograr la adquisición de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459, necesaria para atender a la población en situación de vulnerabilidad, solicitada por la SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL del citado Ministerio.

Que, conforme el Acta de Apertura de Ofertas de fecha 11 de diciembre de 2018, en la Licitación Pública N° 54/18 del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, se presentaron las siguientes firmas: SUCESORES DE ALFREDO WILLINER S.A., CORPORACIÓN DE ALIMENTOS S.A., FÁBRICA DE ALIMENTOS SANTA CLARA S.A., S.A. LA SIBILA, ALIMENTOS VIDA S.A., MANFREY COOPERATIVA DE TAMBEROS DE COMERCIALIZACIÓN E INDUSTRIALIZACIÓN LIMITADA y TIAGRO S.R.L.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN elaboró el Informe Técnico de Precios Testigo mediante Orden de Trabajo N° 1159/18, informando el Valor de Referencia para el único renglón de la contratación, en los términos y alcances establecidos en el punto I.c.2. del Anexo II de la Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias.

Que la DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN - en su carácter de área técnica - elaboró el correspondiente Informe Técnico sobre las ofertas recibidas, ratificado por la SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL - en su carácter de unidad requirente -, ambas dependientes del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, en donde determinó el cumplimiento por parte de las ofertas presentadas de las Especificaciones Técnicas exigidas por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y de la documentación obrante en el expediente mencionado en el VISTO, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 14 de enero de 2019.

Que, conforme lo expuesto en el mencionado Dictamen de Evaluación de Ofertas, corresponde desestimar la oferta presentada por la firma CORPORACIÓN DE ALIMENTOS S.A., por contener las muestras presentadas información nutricional errada.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL acreditó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN JURÍDICO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ha intervenido en el marco de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35 inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y lo dispuesto en el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento de selección cumplido respecto de la Licitación Pública N° 54/18 del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de lograr la adquisición de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459, necesaria para atender a la población en situación de vulnerabilidad, solicitada por la SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL del citado Ministerio.

ARTÍCULO 2º.- Desestímase en la Licitación Pública N° 54/18 del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL la oferta presentada por la firma CORPORACIÓN DE ALIMENTOS S.A. (CUIT N° 33-71509257-9), por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 14 de enero de 2019.

ARTÍCULO 3º.- Adjudícase la Licitación Pública N° 54/18 del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL a las firmas, por las cantidades, marcas, gramajes y montos que a continuación se detallan:

S.A. LA SIBILA – C.U.I.T. N° 30-58885563-1

Renglón 1, por QUINIENTOS VEINTE MIL (520.000) kilogramos, en envases de 1.000 gramos cada uno, de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459 marca Purísima, según Pliego: $95.940.000.-

TOTAL ADJUDICADO: $95.940.000.-

MANFREY COOPERATIVA DE TAMBEROS DE COMERCIALIZACIÓN E INDUSTRIALIZACIÓN LIMITADA – C.U.I.T. N° 30-50177338-3

Renglón 1, por QUINIENTOS VEINTE MIL (520.000) kilogramos, en envases de 800 gramos cada uno, de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459 marca Manfrey, según Pliego: $ 98.540.000.-

TOTAL ADJUDICADO: $98.540.000.-

TIAGRO S.R.L. – C.U.I.T. N° 33-71106847-9

Renglón 1, por QUINIENTOS VEINTE MIL (520.000) kilogramos, en envases de 800 gramos cada uno, de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459 marca Spraymilk, según Pliego: $101.400.000.-

TOTAL ADJUDICADO: $101.400.000.-

SUCESORES DE ALFREDO WILLINER S.A. – C.U.I.T. N° 30-50160121-3

Renglón 1, por QUINIENTOS VEINTE MIL (520.000) kilogramos, en envases de 1.000 gramos cada uno, de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459 marca Ilolay, según Pliego: $101.920.000.-

TOTAL ADJUDICADO: $101.920.000.-

ALIMENTOS VIDA S.A. – C.U.I.T. N° 30-71067391-4

Renglón 1, por QUINIENTOS VEINTE MIL (520.000) kilogramos, en envases de 1.000 gramos cada uno, de leche entera en polvo, instantánea, fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico, según Ley N° 25.459 marca Vidalac, según Pliego: $106.740.400.-

TOTAL ADJUDICADO: $106.740.400.-

ARTÍCULO 4º.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL a emitir las Órdenes de Compra respectivas, conforme las adjudicaciones consignadas en el artículo 3°.

ARTÍCULO 5º.- Autorízase la ampliación, prórroga, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes respecto de la contratación que por este acto se aprueba, quedando a cargo de las instancias del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL que correspondan dictar, los actos complementarios que permitan su instrumentación.

ARTÍCULO 6º.- La erogación que asciende a la suma total de PESOS QUINIENTOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS ($504.540.400.-), se imputará con cargo a los créditos específicos de la Jurisdicción 85 – MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL para el Ejercicio 2019.

ARTÍCULO 7º.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Carolina Stanley

e. 08/03/2019 N° 14273/19 v. 08/03/2019

Fecha de publicación 08/03/2019