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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA

Resolución 81/2019

RESOL-2019-81-APN-SGE#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 07/03/2019

Visto el expediente EX-2018-04987104-APN-DDYME#MEM, las leyes 27.328 y 27.431, el decreto reglamentario 118 del 17 de febrero de 2017 y sus modificatorios, los decretos 174 del 2 de marzo de 2018 y 802 del 5 de septiembre de 2018, y la resolución 951 del 20 de noviembre de 2018 del Ministerio de Hacienda (RESOL-2018-951-APN-MHA), y

CONSIDERANDO:

Que mediante la ley 27.328 se implementó un régimen relativo a los Contratos de Participación Público Privada con el fin de desarrollar proyectos en los campos de infraestructura, vivienda, actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada e innovación tecnológica.

Que la citada ley fue reglamentada mediante el decreto 118 del 17 de febrero de 2017, modificado por los decretos 936 del 14 de noviembre de 2017 y 987 del 1° de noviembre de 2018.

Que el artículo 12 de la citada ley establece que la selección del contratista se hará mediante el procedimiento de licitación o concurso público, nacional o internacional.

Que por el expediente citado en el Visto, tramita el Proyecto de Participación Público Privada “Líneas de Transmisión – Etapa I: Línea de Extra Alta Tensión en 500 kV E.T. Río Diamante - Nueva E.T. Charlone, Estaciones Transformadoras y obras complementarias en 132 kV”, propiciado por esta Secretaría de Gobierno de Energía en su carácter de autoridad convocante.

Que el ex Ministerio de Energía, a través de la ex Secretaría de Coordinación de Política Energética, emitió el informe preliminar y el informe dispuesto por el artículo 13 de la ley 27.328, obrantes en el expediente citado en el Visto, para licitar el Proyecto de Participación Público Privada denominado “Líneas de Transmisión – Etapa I: Línea de Extra Alta Tensión en 500 kV E.T. Río Diamante - Nueva E.T. Charlone, Estaciones Transformadoras y obras complementarias en 132 kV”.

Que la expansión del sistema de transporte eléctrico es esencial a los fines de satisfacer necesidades de interés público, ya que unifica zonas de competencia, induciendo a una operación más eficiente del sistema y optimizando el despacho de generación.

Que de acuerdo con lo establecido en el Contrato de Participación Público Privada el período de vigencia contractual establecido es de quince (15) años desde la fecha de suscripción del contrato, e incluye el período de construcción y el período de prestación de servicios de operación y mantenimiento.

Que por la resolución 20 del 12 de octubre de 2018 de la ex Secretaría de Coordinación de Política Energética dependiente de esta Secretaría de Gobierno de Energía (RESOL-2018-20-APN-SCPE#MHA) se dio inicio al Procedimiento Transparente de Consulta, finalizando el 26 de octubre de 2018 (EX-2018-49832175-APN-DGDOMEN#MHA).

Que como consecuencia del Procedimiento Transparente de Consulta se ha enriquecido la documentación licitatoria del Proyecto de Participación Público Privada denominado “Líneas de Transmisión – Etapa I: Línea de Extra Alta Tensión en 500 kV E.T. Río Diamante - Nueva E.T. Charlone, Estaciones Transformadoras y obras complementarias en 132 kV”.

Que la Secretaría de Gobierno de Energía y la entonces Secretaría de Participación Público Privada del Ministerio de Hacienda han elaborado de forma conjunta los proyectos de documentos contractuales y licitatorios para el referido Proyecto.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se suscribe en virtud de las atribuciones conferidas por la ley 27.328 y la resolución 951 del 20 de noviembre de 2018 del Ministerio de Hacienda (RESOL-2018-951-APN-MHA).

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Llamar a licitación pública nacional e internacional con el objeto de contratar la construcción de la Línea de Extra Alta Tensión 500 kV E.T. Río Diamante – Nueva E.T. Charlone, Estaciones Transformadoras y obras complementarias en 132 kV”, el cual comprende la interconexión eléctrica en 500 kV E.T. Río Diamante – E.T. Charlone y obras complementarias, y la posterior prestación de los servicios de operación y mantenimiento, bajo el régimen de la ley 27.328 y su decreto reglamentario 118 del 17 de febrero de 2017 y sus modificatorios para el Proyecto de Participación Público-Privada denominado “Líneas de Transmisión – Etapa I: Línea de Extra Alta Tensión en 500 kV E.T. Río Diamante - Nueva E.T. Charlone, Estaciones Transformadoras y obras complementarias en 132 kV”.

ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones (IF-2019-10267320-APN-DNPE#MHA) y sus anexos (anexo I: IF-2019-10267434-APN-DNPE#MHA, subanexos: IF-2018-62043601-APN-DNPE#MHA, anexo II: IF-2019-10267234-APN-DNPE#MHA, anexo III: IF-2018-62049287-APN-DNPE#MHA, anexo IV: IF-2018-62049885-APN-DNPE#MHA, anexo V: IF-2018-62050382-APN-DNPE#MHA, anexo VI: IF-2018-62052576-APN-DNPE#MHA, anexo VII: IF-2018-62053506-APN-DNPE#MHA, anexo VIII 132 kV y 66 kV: IF-2018-62053874-APN-DNPE#MHA, anexo VIII 500 kV: IF-2018-62054420-APN-DNPE#MHA, anexo IX: IF-2018-62054794-APN-DNPE#MHA, anexo X: IF-2018-62055313-APN-DNPE#MHA y anexo XI: IF-2018-62055648-APN-DNPE#MHA), que integran esta medida.

ARTÍCULO 3°.- Disponer que el Pliego de Bases y Condiciones y sus anexos, y el modelo de Contrato de Participación Público Privada podrán consultarse y descargarse (i) de la página web de la Secretaría de Gobierno de Energía (https://www.argentina.gob.ar/energia/energia-electrica/linea-extra-alta-tension-rio-diamante); y/o (ii) de la página web de la Subsecretaría de Participación Público Privada (https://www.argentina.gob.ar/jefatura/ppp).

ARTÍCULO 4°.- Fijar el domicilio para la presentación de las ofertas en Hipólito Yrigoyen 250, piso 5°, el 27 de mayo de 2019, en el horario de las 15:00 horas.

ARTÍCULO 5°.- Finalizada la recepción de las ofertas se procederá a la apertura del Sobre N° 1.

ARTÍCULO 6°.- Publicar el aviso de la licitación pública nacional e internacional en el Boletín Oficial de la República Argentina por el término de tres (3) días y en el sitio web de las Naciones Unidas –Un Development Business.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Gustavo Sebastián Lopetegui

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.

e. 08/03/2019 N° 14296/19 v. 08/03/2019

Fecha de publicación 08/03/2019