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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 118/2019

RESFC-2019-118-APN-DIRECTORIO#ENARGAS

Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2019

VISTO el Expediente Electrónico EX-2019-10044683- -APN-GRGC#ENARGAS, la Ley N° 24.076, su Decreto Reglamentario Nº 1738/92, el Decreto Nº 2255/92; la Resolución ENARGAS Nº I-4313/17, la Resolución ENARGAS Nº I-4325/17, y

CONSIDERANDO:

Que se elevó a este Directorio el Informe elaborado en conjunto por la Gerencia de Regulación de Gestión Comercial y la Gerencia de Asuntos Legales de este Organismo, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Inciso 10) de la Reglamentación de los Artículos 65 a 70 de la Ley Nº 24.076 aprobada por el Decreto Nº 1738/92, en tanto prescribe que la sanción de Normas generales será precedida por la publicidad del proyecto o de sus pautas básicas y por la concesión de un plazo a los interesados para presentar observaciones por escrito, respecto del proyecto normativo modificación del Reglamento del Servicio de Distribución.

Que el Decreto P.E.N. Nº 2255, del 2 de diciembre de 1992, por su artículo 5º aprobó los modelos de licencia de transporte y de distribución de gas como Anexos “A” y “B” respectivamente, incluyendo sus SubAnexos I (Reglas Básicas), II (Reglamento del Servicio) y III (Tarifa).

Que al respecto, el SubAnexo II determinó las Condiciones Generales del Reglamento del Servicio de la Licencia de Distribución, que son aplicables a todos los servicios prestados por las Distribuidoras.

Que en este sentido, cabe destacar que, en virtud del Punto 17 del Anexo I de la Resolución ENARGAS N° 35/93, las Condiciones Generales del Reglamento del Servicio de Distribución también deberán ser aplicadas por los Subdistribuidores del servicio de gas por redes.

Que el Punto 9.1 del Capítulo IX de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución incorporadas al Anexo B del Decreto N° 2255/92, estipula que el Reglamento de Servicio podrá ser modificado periódicamente por la Autoridad Regulatoria, para adecuarlo a la evolución y mejora del Servicio Licenciado.

Que en dicho contexto, la Resolución ENARGAS Nº I/4313 del 6 de marzo de 2017 modificó las Condiciones Generales del Reglamento del Servicio de la Licencia de Distribución, y dispuso un nuevo Texto ordenado en su Anexo I, incorporando la normativa dictada hasta ese momento. Asimismo, esta Resolución fue rectificada, en algunos de sus puntos, por la Resolución ENARGAS Nº I/4325 del 17 de marzo de 2017.

Que cabe destacar que el Artículo 52 inc. b) de la Ley Nº 24.076 establece entre las funciones del ENARGAS, la de dictar reglamentos en materia de seguridad, Normas y procedimientos técnicos, a los cuales deberán ajustarse todos los sujetos de la Ley.

Que asimismo, en el contexto de lo expuesto y en virtud de la temática analizada, corresponde dar cumplimiento a lo establecido en el Inciso 10) de la reglamentación de los Artículos 65 a 70 de la Ley N° 24.076 aprobada por el Decreto N° 1738/92.

Que el Instituto de la Consulta Pública, tiene por objeto la habilitación de un espacio institucional para la expresión de opiniones y propuestas respecto de proyectos de normas de alcance general.

Que la participación de las Licenciatarias de Distribución de gas, Subdistribuidoras de gas, terceros interesados y del público en general, en la elaboración de la Normativa técnica, contribuirá a dotar de mayor transparencia y eficacia al sistema, permitiendo a esta Autoridad Regulatoria evaluar los tópicos a contemplar en la normativa.

Que ha tomado debida intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta Autoridad Regulatoria.

Que la presente Resolución se dicta de conformidad a las facultades otorgadas por el Artículo 52 incisos b) y x) de la Ley Nº 24.076 y su Decreto Reglamentario Nº 1738/92.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Invitar a las Licenciatarias del Servicio Público de Distribución de gas por redes, Subdistribuidoras, terceros interesados y al público en general, a expresar sus opiniones y propuestas, conforme se ha expuesto en los CONSIDERANDOS precedentes, respecto del contenido del proyecto de modificación del “Reglamento del Servicio de Distribución”, que como Anexo (IF-2019-11012390-APN-GAL#ENARGAS) forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°. - Poner a consideración de los sujetos indicados en el Artículo 1º precedente, el Expediente Electrónico EX-2019-10044683- -APN-GRGC#ENARGAS, por un plazo de VEINTE (20) días corridos a contar desde la publicación de la presente, a fin de que efectúen formalmente sus comentarios y observaciones, los que, sin perjuicio de ser analizados, no tendrán carácter vinculante para esta Autoridad Regulatoria.

ARTÍCULO 3°. - Hacer saber que el Expediente Electrónico EX-2019-10044683- -APN-GRGC#ENARGAS se encuentra a disposición para su consulta en la Gerencia de Asuntos Legales del ENARGAS, sita en Suipacha 636 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTÍCULO 4°. - Publicar la presente consulta en el sitio web del ENARGAS, por el plazo establecido en el Artículo 2º de la presente, desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 5°. - Comunicar, publicar, registrar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archivar. Daniel Alberto Perrone - Diego Guichon - Griselda Lambertini - Mauricio Ezequiel Roitman

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/03/2019 N° 14113/19 v. 08/03/2019

Fecha de publicación 08/03/2019