Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 124/2019

RESFC-2019-124-APN-DIRECTORIO#ENARGAS

Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2019

VISTO el Expediente ENARGAS N° 32091 la Ley 24.076, la Resolución RESFC-2018-10-APN-DIRECTORIO#ENARGAS y, CONSIDERANDO:

Que por Resolución RESFC-2018-10-APN-DIRECTORIO#ENARGAS se efectuó una amplia modificación a la normativa relacionada con los contratos asegurativos exigibles a los Sujetos del Gas Natural Comprimido (GNC) y Organismos de Certificación (OC) en cuanto a coberturas, aumento de sumas exigibles e incorporación de nuevos sujetos que no habían sido regulados hasta el presente.

Que, entre otros puntos, en dicha Resolución se estableció la actualización anual de las sumas aseguradas mínimas de las Pólizas de Responsabilidad Civil a fin de disminuir los efectos que podría aparejar la coyuntura económica que atraviesa nuestro país.

Que en ese orden de ideas y, a fin de que no se desnaturalice la garantía patrimonial de los contratos asegurativos por el transcurso del tiempo, el Artículo 18 de la mencionada Resolución determinó la metodología de actualización anual de las sumas mínimas asegurables de Responsabilidad Civil, indicando en el Punto A del ANEXO IX, el índice a aplicar a tales fines.

Que la referida Resolución dispuso que el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), que es aquel que mide la evolución promedio de los precios de los productos de origen nacional e importado ofrecidos en el mercado interno, era el más adecuado a fin actualizar anualmente las sumas mínimas asegurables de Responsabilidad Civil de los Sujetos del GNC y de los Organismos de Certificación.

Que a los fines de la actualización de las sumas, el ANEXO IX determinó la siguiente fórmula a aplicar:

Que los montos asegurados mínimos establecidos en la Resolución y que son pasibles de actualización ascienden a las sumas de: $ 9.000.000.-, $ 6.000.000.- y $ 1.500.000.-.

Que aplicando el índice antes señalado, se obtienen los siguientes resultados:

Que la aplicación del índice indicado determina que las sumas asegurativas mínimas actualizadas de Responsabilidad Civil para el año 2019 serán, según las actividades desarrolladas, las siguientes:

a. PRODUCTOR DE EQUIPOS COMPLETOS: $ 13.552.455,98.-

b. CENTRO DE REVISION PERIODICA DE CILINDROS: $ 9.034.970,66.-

c. FABRICANTE DE CILINDROS, PARTES Y/O ACCESORIOS PARA GNC: $ 9.034.970,66.-

d. FABRICANTE DE MODULOS CONTENEDORES Y TRANSPORTADORES DE GAS A GRANEL: $ 9.034.970,66.-

e. IMPORTADORES DE PARTES Y/O ACCESORIOS PARA GNC: $ 9.034.970,66.-

f. TALLERES de MONTAJE: $ 2.258.742,66.-

g. ORGANISMOS DE CERTIFICACION: $ 13.552.455,98.-

Que analizados los antecedentes pertinentes y, lo dispuesto en la Resolución RESFC-2018-10-APN-DIRECTORIO#ENARGAS corresponde proceder a la actualización de las sumas mínimas asegurables de Responsabilidad Civil de los Sujetos del GNC y de los Organismos de Certificación utilizando el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) conforme el detalle efectuado en el considerando anterior.

Que es por ello que, a partir del 01/03/0219 los sujetos del GNC y Organismos de Certificación deberán ajustar las Pólizas vigentes y las que se contraten a las nuevas sumas mínimas asegurativas actualizadas.

Que los Sujetos de GNC y OC que hayan presentado a este Organismo Pólizas de Responsabilidad Civil que se encuentren vigentes deberán adecuarlas a los nuevos montos mínimos asegurables establecidos en el plazo de noventa (90) días hábiles administrativos, debiendo presentar al ENARGAS la documentación fehaciente que así lo acredite en el mismo plazo.

Que el Servicio Jurídico permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para emitir esta Resolución en mérito de lo establecido por los artículos 21 y 52 inc. a), b), m) y x) de la Ley 24.076 y articulo 52 inc. 5) del Decreto 1738/92.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Establecer las nuevas sumas asegurables mínimas de las Pólizas de Responsabilidad Civil de los Sujetos de GNC y de los Organismos de Certificación conforme el índice establecido en la Resolución RESFC-2018-10-APN-DIRECTORIO#ENARGAS.

ARTICULO 2°: Disponer que las nuevas sumas mínimas asegurables de las Pólizas de Responsabilidad Civil serán las siguientes:

a. PRODUCTOR DE EQUIPOS COMPLETOS: $ 13.552.455,98.-

b. CENTRO DE REVISION PERIODICA DE CILINDROS: $ 9.034.970,66.-

c. FABRICANTE DE CILINDROS, PARTES Y/O ACCESORIOS PARA GNC: $ 9.034.970,66.-

d. FABRICANTE DE MODULOS CONTENEDORES Y TRANSPORTADORES DE GAS A GRANEL: $ 9.034.970,66.-

e. IMPORTADORES DE PARTES Y/O ACCESORIOS PARA GNC: $ 9.034.970,66.-

f. TALLERES de MONTAJE: $ 2.258.742,66.-

g. ORGANISMOS DE CERTIFICACION: $ 13.552.455,98.-

ARTICULO 3°: Establecer que a partir del 01/03/2019 los Sujetos de GNC y los Organismos de Certificación deberán ajustar las pólizas vigentes y las que contraten a las nuevas sumas mínimas asegurativas actualizadas.

ARTICULO 4°: Determinar que los Sujetos de GNC y Organismos de Certificación comprendidos en esta Resolución que hayan presentado a este Organismo Pólizas de Responsabilidad Civil que se encuentren vigentes deberán adecuarlas a los nuevos montos mínimos asegurables establecidos en la presente en el plazo de noventa (90) días hábiles administrativos, debiendo presentar al ENARGAS la documentación fehaciente que así lo acredite en el mismo plazo.

ARTICULO 5°: La presente Resolución entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTICULO 6°: Comunicar, publicar, dar a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar. Daniel Alberto Perrone - Diego Guichon - Griselda Lambertini - Mauricio Ezequiel Roitman

e. 08/03/2019 N° 14125/19 v. 08/03/2019

Fecha de publicación 08/03/2019