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25 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GNC, PLAYA DE ESTACIONAMIENTO, GARAGES, LAVADEROS Y GOMERIAS ANEXA A ESTACIONES DE SERVICIOS DE LA PROVICIA DE FORMOSA –SOESGYPE, APROBADO POR RESOLUCIÓN M.T.E.Y S.S. 689/15.

ARTÍCULO 1: A los 27 días del mes de julio de 2.012, se constituye el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GNC, PLAYA DE ESTACIONAMIENTO, GARAGES, LAVADEROS Y GOMERIAS ANEXA A ESTACIONES DE SERVICIOS DE LA PROVINCIA DE FORMOSA — SOESGYPE como entidad de primer grado, que agrupará a los trabajadores que presten servicios en relación dependiente en Estaciones de Servicio, Playas de Estacionamiento, Garages, Lavaderos, Gomerías anexa a Estaciones de Servicio de la provincia de FORMOSA, además a todos los trabajadores no jerarquizados obreros y empleados, que desempeñen tareas de engrase, lavado, cuidado de vehículo, expendio de GNC y de combustibles de cualquier naturaleza, limpieza, ventas, mini mercados, administrativos, encargados generales, personal técnico, vendedores en Estaciones de Servicio, Estaciones de Servicios de concesionarios de automotores que expendan al público, en Aeropuertos, Vías navegables, terminales de colectivos, Garages de Ómnibus, Guarderías Náuticas, Estaciones de Servicios de Cooperativas agrícolas ganaderas, Lubricentros, Lavaderos Automáticos de Automotor, podrán mantener la afiliación los trabajadores que alcancen la jubilación siempre que se hubieren encontrado afiliados a la entidad al momento de acceder a dicha prestación. Tendrá como zona de actuación todo el territorio que comprende el ámbito de la provincia de Formosa siendo esta Asociación Gremial de carácter permanente, para la defensa de los intereses legales, gremiales y sociales de los trabajadores representados de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, fijando domicilio legal en Eva Perón N° 945, de la ciudad de Formosa, de la provincia de Formosa.

ARTÍCULO 2: La entidad tendrá los objetivos y fines que a continuación se detallan:

a) Fomentar la unión, armonía, solidaridad, participación agrupamiento de todos los trabajadores de la actividad.

b) Representar a los trabajadores de la actividad, a la entidad y sus componentes en toda cuestión sea individual o colectiva; de carácter gremial, laboral o social ante organismos públicos o privados, cualquiera sea su naturaleza.

c) Peticionar a las autoridades nacionales, provinciales municipales o cualquier organismos nacional o internacional en beneficio de la entidad sindical.

d) Vigilar las condiciones de trabajo, el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad e impulsar su mejoramiento y la legislación en general.

e) Propiciar y concretar convenios colectivos, proponer proyectos de legislación que determinen la mejora del sector tanto en las condiciones de trabajo como en las relaciones laborales en general.

f) Fomentar la actividad gremial, el interés y la participación de los trabajadores.

g) Realizar actividades culturales, sociales, incentivar la educación, crear espacios de estudio y capacitación para todos los trabajadores del sector.

h) Crear colonias, campamentos, campos de deportes, sitios vacacionales y de esparcimiento, que promuevan y permitan el acceso de los afiliados al turismo, la recreación y las actividades sociales y deportivas.

ARTICULO 11: Los órganos de la entidad son los siguientes:

a) Asambleas ordinarias y extraordinarias;

b) Comisión Directiva;

c) Comisión Revisora de Cuentas;

d) Junta Electoral;

e) Cuerpo de delegados.

En todos los casos deberá respetarse la representación femenina en los cargos electivos y representativos de la entidad conforme las pautas establecidas por la Ley 25.674 y su Decreto Reglamentario N° 514/03.

ARTÍCULO 29: El sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por siete (7) miembros titulares, que desempeñarán los siguientes cargos:

Secretario General

Secretario Adjunto

Secretario Gremial

Secretario Tesorero de Finanzas

Secretario de Acta, Prensa y difusión

2 vocales titulares.

2 vocales Suplentes

Habrá además dos (2) vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.

El mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará cuatro (4) años, y sus integrantes podrán ser reelectos.

La cantidad de afiliados cotizantes al momento de aprobación del Estatuto (24/07/2015) es de 436 afiliados cotizantes.

MASCULINO = 283

FEMENINO = 153

Pasivos = 0

FIRMADO: JORGE ANTONIO FARIAS CANTELORO

Julian Martin Humeres, Asistente Técnico, Dirección de Gestión Documental.

e. 11/03/2019 N° 14243/19 v. 11/03/2019

Fecha de publicación 11/03/2019