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MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 159/2019

DA-2019-159-APN-JGM - Apruébase y adjudícase Licitación Pública N° 80-0028-LPU17.

Ciudad de Buenos Aires, 11/03/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2017-26693777-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la Licitación Pública N° 80-0028-LPU17 del entonces MINISTERIO DE SALUD, autorizada por Resolución ex MS N° 263 de fecha 1° de febrero de 2018, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 inciso a) apartado 1 y 26 incisos a) apartado 1 y b) apartado 1 del Decreto N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios, reglamentados por los artículos 10, 13, 27 inciso c) y 28 del Anexo al Decreto N° 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias y el Título II del Anexo I a la Disposición ONC N° 62/16 y sus modificatorias, con el objeto de adquirir medicamentos inmunosupresores para brindar cobertura a los pacientes que se encuentran bajo el programa de seguimiento postrasplante, solicitada por el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI).

Que conforme el ACTA DE APERTURA DE OFERTAS de fecha 25 de junio de 2018 en la referida Licitación Pública, se presentaron las siguientes firmas: PRISAL GROUP S.A., DROGUERIA DISVAL S.R.L., GADOR S.A., NOVARTIS ARGENTINA S.A., PFIZER S.R.L., SANOFI - AVENTIS ARGENTINA S.A., LABORATORIO VARIFARMA S.A., PRODUCTOS ROCHE S.A.Q.e.I., LABORATORIOS RICHMOND S.A.C.I.F. y LABORATORIOS RICHET S.A.

Que no se obtuvieron ofertas para el renglón 29.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN elaboró el Informe de Precios Testigos mediante Orden de Trabajo N° 520 de fecha 25 de junio de 2018 para los renglones 1, 2, 11, 12, 16, 17, 18, 19, 27 y 28 y con relación a los renglones 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 15, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 29 y 30 el citado Organismo informó que no resulta factible obtener un valor medio de mercado.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la Secretaría de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE SALUD Y DESARRROLLO SOCIAL solicitó mejoras de precios a las firmas PFIZER S.R.L., NOVARTIS ARGENTINA S.A., SANOFI-AVENTIS ARGENTINA S.A., PRODUCTOS ROCHE S.A.Q.e.I. y GADOR S.A., resultando los valores por encima de los precios testigos suministrados por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y/o precios referenciales otorgados por el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI).

Que con relación a la conveniencia de continuar con la adjudicación, el referido Instituto Nacional expone las razones de oportunidad, mérito y conveniencia de proseguir con la adquisición, contando para ello con las conformidades de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD y la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS, todas ellas dependientes de la Secretaría de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Que, en tiempo y forma, las firmas PRISAL GROUP S.A. y DROGUERÍA DISVAL S.R.L. manifestaron su voluntad de no renovar el mantenimiento de sus ofertas.

Que obra el Informe Técnico de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT).

Que la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS de la Secretaría de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 28 de noviembre de 2018, recomendando las ofertas a adjudicar y las ofertas a desestimar.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la Secretaría de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL informó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN JURÍDICO INSTITUCIONAL ha intervenido en el marco de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, sus modificatorios y complementarios y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d), e) y f) su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016, sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 80-0028-LPU17 del ex MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de adquirir medicamentos inmunosupresores para brindar cobertura a los pacientes que se encuentran bajo el programa de seguimiento postrasplante, solicitada por el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE (INCUCAI).

ARTÍCULO 2°.- Declárase desierto el renglón 29.

ARTÍCULO 3°.- Desestímanse las ofertas de las firmas PRISAL GROUP S.A. y DROGUERÍA DISVAL S.R.L., por lo expuesto en el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 28 de noviembre de 2018.

ARTÍCULO 4°.- Adjudícase la Licitación Pública N° 80-0028-LPU17 del ex MINISTERIO DE SALUD a favor de las firmas, por las cantidades y sumas que a continuación se detallan:

NOVARTIS ARGENTINA S.A. (CUIT 30-51662039-7)

Renglón 1 por 93.840 unidades, renglón 2 por 797.280 unidades, renglón 4 por 35.760 unidades, renglón 5 por 101.880 unidades, renglón 6 por 134.040 unidades, renglón 7 por 85.400 unidades, renglón 8 por 173.100 unidades, renglón 9 por 63.850 unidades, renglón 10 por 2.227 unidades, renglón 15 por 120 unidades, renglón 17 por 271.200 unidades, renglón 18 por 1.243.500 unidades, renglón 19 por 93.450 unidades, renglón 23 por 227.160 unidades, renglón 24 por 1.649.280 unidades y renglón 26 por 96.000 unidades: $ 185.352.358,66.-

PFIZER S.R.L. (CUIT 30-50351851-8)

Renglón 3 por 34.170 unidades, renglón 25 por 201.600 unidades y renglón 30 por 61.000 unidades: $ 42.072.615,00.-

SANOFI - AVENTIS ARGENTINA S.A. (CUIT 30-50144541-6)

Renglón 13 por 1.200 unidades: $ 6.418.728,00.-

PRODUCTOS ROCHE S.A.Q. e I. (CUIT 30-52744428-0)

Renglón 14 por 9.960 unidades: $ 3.823.743,60.-

LABORATORIOS RICHET S.A. (CUIT 30-50429422-2)

Renglón 16 por 450 unidades: $ 44.100,00.-

GADOR S.A. (CUIT 30-50098718-5)

Renglón 20 por 860.400 unidades, renglón 21 por 57.750 unidades, renglón 22 por 173.750 unidades, renglón 28 por 53.120 unidades: $ 61.318.727,50.-

TOTAL DE LA ADJUDICACIÓN: $ 299.030.272,76.-

ARTÍCULO 5°.- Autorízase a la DIRECTORA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la Secretaría de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL a emitir las pertinentes Órdenes de Compra.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 299.030.272,76) será imputado con cargo a las partidas presupuestarias de la Jurisdicción 85 – MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, Subjurisdicción 85.02 - SECRETARIA DE GOBIERNO DE SALUD Programa 16, Actividad 47, IPP 252, Fuente de Financiamiento 11 – TESORO NACIONAL .

ARTÍCULO 7°.- Autorízase la ampliación, prórroga, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes respecto de la contratación que por este acto se aprueba, quedando facultado el Secretario de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL a dictar los actos administrativos que resulten necesarios para la instrumentación operativa de lo aquí dispuesto.

ARTÍCULO 8°- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 9°- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Carolina Stanley

e. 12/03/2019 N° 15139/19 v. 12/03/2019

Fecha de publicación 12/03/2019