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14 de Octubre de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio en Av. Belgrano 1656, C.A.B.A. notifica que por RESFC-2019-223-APN-DI#INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACIÓN PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades: MUTUAL DEL PERSONAL DE EMPRESAS KOLTON (MZA 78); ASOCIACIÓN MUTUAL DEL PERSONAL DE LA FABRICA DE TEJIDOS DE PUNTO DE EUSTAQUIO GONZÁLEZ GALIÑO (MZA 141); ASOCIACIÓN MUTUAL SOCIAL NATURISTA (MZA 149); MUTUAL DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS DE MENDOZA (MZA 163); ASOCIACIÓN MUTUAL DEL TRABAJADOR VITIVINICOLA (AMUTRAVI) (MZA 173); ASOCIACIÓN MUTUAL “9 DE JULIO” (MZA 187); ASOCIACIÓN MUTUAL I.N.T.A. MENDOZA (MZA 227); ASOCIACIÓN MUTUAL CENTRO CRISTIANO DE CUYO (MZA 251); ASOCIACIÓN MUTUAL “22 DE SETIEMBRE” DEL PERSONAL DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA (MZA 344); SA.DE.SE.M. - SAN MARTÍN DEPORTES Y SERVICIOS MUTUALIZADOS (MZA 420); A. M. BANCARIOS DEL SUR “A. MU. BAN. SUR.”(MZA 421); ASOCIACIÓN MUTUAL PROGRAMA ARGENTINO DE AYUDA AL DEPORTISTA AMATEUR (MZA 457); ASOCIACIÓN MUTUAL 3 DE DICIEMBRE (MZA 472); ASOCIACIÓN MUTUAL DE PADRES, DOCENTES Y PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL COLEGIO SAN FRANCISCO JAVIER (MZA 486); CAJA M. DEL PERSONAL DE LAS BODEGAS Y VIÑEDOS GIOL SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL (MZA 1004); MUTUAL DEL PERSONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (MZA 1020), todas con domicilio legal en la Provincia de Mendoza. Contra las medidas dispuestas son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) -10 días- y Art. 22, incs. b) c) y d) -30 días- Ley Nº 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, -10 días-). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 – T.O 894/17, -5 días-). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17 - 15 días-), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 36 de la Ley Nº 20.321. Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho en razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 T.O. 894/17).

Patricia Beatriz Caris, Responsable, Despacho.

e. 13/03/2019 N° 15346/19 v. 15/03/2019

Fecha de publicación 13/03/2019