ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1062/2019
RESOL-2019-1062-APN-ENACOM#JGM FECHA 11/3/2019 ACA 43
EX-2018-44895480- APN-DNFYD#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar el proyecto presentado por la COOPERATIVA DE VIVIENDA, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y OTROS SERVICIOS SOCIALES DE SANTIAGO TEMPLE LIMITADA en el marco de la convocatoria dispuesta mediante la Resolución ENACOM N° 2.899/2018 y la Resolución ENACOM N° 4.701/2018, y del PROGRAMA CONECTIVIDAD. 2 .- Adjudicar a la COOPERATIVA DE VIVIENDA, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y OTROS SERVICIOS SOCIALES DE SANTIAGO TEMPLE LIMITADA, la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TRECE CON DOCE CENTAVOS ($2.379.313,12) en concepto de Aportes no Reembolsables, para la ejecución del proyecto aprobado en el Artículo precedente. 3 .- Destinar la suma de hasta PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TRECE CON DOCE CENTAVOS ($2.379.313,12) del Fondo Fiduciario del Servicio Universal previsto en la Ley N° 27.078 a la adjudicación indicada en el Artículo precedente. 4 .- Establecer que, dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la apertura de una cuenta bancaria específica que estará afectada al proyecto aprobado en el Artículo 1°. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación. 5 .- Establecer que, dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la constitución de las garantías previstas en el Artículo 8° de la referida Convocatoria. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación. 6 .- Comuníquese, notifíquese al interesado, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativa
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.
e. 14/03/2019 N° 15453/19 v. 14/03/2019
Fecha de publicación 14/03/2019