Edición del
28 de Junio de 2017

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1090/2019

RESOL-2019-1090-APN-ENACOM#JGM FECHA 11/3/2019 ACTA 43

EX-2019-05669849-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar el Reglamento Particular para la convocatoria a concurso abierto de FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL (FOMECA) LINEA D -PUEBLOS ORIGINARIOS- destinada al apoyo y fomento de proyectos audiovisuales y de equipamiento en sus etapas de inicio y desarrollo, que como Anexo forma parte integrante de la presente. 2.- El gasto que demande el cumplimiento del Concurso abierto del FOMECA LINEA D-PUEBLOS ORIGINARIOS-, será financiada con los recursos contemplados en el Artículo 97, inciso f) de la Ley N° 26.522 y no excederá la suma de $ 27.000.000. 3.- Convocar a concurso abierto, en todo el territorio nacional para la presentación de proyectos, a partir del 1° de abril de 2019, correspondiente al FOMECA LINEA D –PUEBLOS ORIGINARIOS- destinada al apoyo y fomento de proyectos audiovisuales y de equipamiento en sus etapas de inicio y en desarrollo a: A. Pueblos Originarios con personería jurídica nacional inscriptos en el RENOPI y Comunidades Indígenas con personería jurídica inscriptas en el RENACI y/o en los organismos provinciales pertinentes y que sean titulares de autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión sonora contemplados en la Ley N° 26.522. B. Pueblos Originarios con personería jurídica nacional inscriptos en el RENOPI y Comunidades Indígenas con personería jurídica inscriptas en el RENACI y/o en los organismos provinciales pertinentes, y en cuyo objeto social se incluya la difusión, propagación y/o producción de contenidos, inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras, creado por el Artículo 58 de la Ley N° 26.522. 4.- Establecer que en forma excepcional en la presente convocatoria, se admitirá la inscripción de entidades que tengan su Registro FOMECA en trámite, siempre que lo hubieren solicitado antes del cierre de la convocatoria y que el registro se encuentre otorgado en forma previa al efectivo otorgamiento del beneficio. 5.- Instruir a la DNFYD para que en conjunto con las áreas de este Organismo que estime conveniente y organismo públicos que tengan por objeto el desarrollo de los Pueblos Originarios se proceda a elaborar y ejecutar un PLAN DE CAPACITACION destinado al FOMECA LINEA D - PUEBLOS ORIGINARIOS- que se aprueba en el Artículo 1° de la presente, atento las consideraciones expuestas en la presente medida. 6.- Comuníquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

e. 14/03/2019 N° 15800/19 v. 14/03/2019

Fecha de publicación 14/03/2019