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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

Disposición 2/2019

DI-2019-2-APN-DNRO#SLYT - Recepción Oficios Judiciales.

Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2019

VISTO el procedimiento establecido para la recepción de oficios judiciales en esta DIRECCIÓN NACIONAL, y

CONSIDERANDO:

Que la presente Disposición tiene como finalidad agilizar los trámites relacionados a la tramitación de los oficios judiciales que hasta la fecha eran recibidos en el Boletín Oficial de la República Argentina en forma presencial, implementando herramientas tecnológicas que posibiliten un acceso remoto y el ejercicio de un seguimiento efectivo sobre dicha actividad.

Que en consonancia con dichos principios corresponde que la Dirección Nacional del Registro Oficial proceda a optimizar el procedimiento de tramitación de oficios judiciales, recibiendo la totalidad de los mismos por la vía del correo electrónico.

Que el mencionado procedimiento facilitará las gestiones de los interesados, sin que tengan que concurrir personalmente a las instalaciones del Boletín Oficial de la República Argentina, permitiendo simplificar dicho trámite, evitando así el dispendio innecesario de tiempo y papelería.

Que se hace necesario dictar normas que acompañen el proceso de modernización del Estado.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

DISPONE:

Artículo 1° — A partir del 18 de marzo del corriente año, los oficios judiciales dirigidos al Boletín Oficial de la República Argentina se recibirán exclusivamente por mail, debiendo ser remitidos a la casilla oficios@boletinoficial.gov.ar, enviándose la constancia de la recepción al correo del remitente.

Art. 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. Ricardo Agustin Sarinelli

e. 15/03/2019 N° 16217/19 v. 15/03/2019

Fecha de publicación 15/03/2019