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BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6640/2019

29/01/2019

A LAS CASAS DE CAMBIO, A LAS AGENCIAS DE CAMBIO:

Ref.: Circular RUNOR 1 – 1443 Régimen Informativo Contable Anual para Casas y Agencias de Cambio. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar las hojas que corresponden reemplazar de la Sección 31. De “Presentación de Informaciones al Banco Central” relacionadas con las disposiciones difundidas mediante las comunicaciones “A” 6409 y 6619.

En tal sentido, les informamos que se reemplazan los siguientes puntos en el Régimen Informativo Contable Anual para Casas y Agencias de Cambio, que serán de aplicación a partir de las informaciones correspondientes a diciembre/2018:

Casas de cambio:

Punto 31.1. RI Contable Anual con aplicación del Plan y Manual de cuentas del BCRA.

Informe CYA017: se reemplaza la presentación del Informe relacionado con la verificación del cumplimiento de las normas del BCRA en materia de prevención del lavado de dinero y otras actividades ilícitas y prevención del financiamiento del terrorismo, por el Informe anual del revisor externo independiente sobre la calidad y efectividad del sistema de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, establecido por las Resoluciones UIF N° 30-E (Anexo I de Res. UIF 156/2018) y 67-E de 2017.

Agencias de cambio:

Punto 31.2. Presentación anual del Informe del revisor externo independiente.

Se discontinúa el envío de los estados contables anuales y los informes respecto de la verificación del cumplimiento de las normas del BCRA en materia de prevención del lavado del dinero y de otras actividades ilícitas y prevención del financiamiento del terrorismo, verificación del cumplimiento de las normas sobre exigencia e integración de capitales mínimos e Informe sobre los estados contables al cierre del ejercicio. En su reemplazo se incorpora el informe “A004.pdf” Informe anual del revisor externo independiente sobre la calidad y efectividad del sistema de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, establecido por las Resoluciones UIF N° 30-E (Anexo I de Res. UIF 156/2018) y 67-E de 2017.

Les recordamos que el vencimiento de estas presentaciones operará el 28/2/2019.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Rodrigo J. Danessa, Gerente de Régimen Informativo - Ricardo O. Maero, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información.

ANEXO

El/Los Anexo/s no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gov.ar (Opción “Marco Legal y Normativo”).

e. 15/03/2019 N° 16190/19 v. 15/03/2019

Fecha de publicación 15/03/2019