ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA BARRANQUERAS
VISTO el escrito presentado en fecha 05/05/17, TENGASE por presentado a los Dres. Manuel Alberto Puppo y Rodrigo Martín González en representación de los Sres. César Eduardo López y Marcelo Alberto Caminos Garfunkel, por parte, por acreditada la personería invocada, por contestada la vista conferida en forma extemporánea respecto del nombrado en último término quien fuera notificado de la vista de ley el 10/4/17 y en tiempo y forma respecto del imputado López por cuanto aún no había sido notificado del traslado de ley, el cual cabe tener por notificado el mismo día de la presentación. INTIMASE a los profesionales del derecho a acreditar la matrícula federal de conformidad a lo previsto en el Art. 1.030 del Código Aduanero. Dado que los representantes de los imputados constituyeron domicilio en la mesa de entradas de esta Aduana, TENGASE por constituido el domicilio en los estrados de esta oficina aduanera, en donde quedaran notificados de pleno derecho todas las providencias o resoluciones que se dicten en el futuro, en la forma prevista en el Art. 1.013 inc. g) del C.A., tal como establece el Art. 1.004 C.A. A los planteos efectuados en la contestación de, oportunamente serán tratados al momento de dictarse la resolución definitiva. A la reserva del caso federal, TENGASE presente para su oportunidad. Dado que no se ofrecieron pruebas, DECLARASE
SIGEA N° | DN N.º | INTERESADO | DESCRIPCION DE LA MERCADERIA |
14536-20-2015/5 | 672-2015/5 | GONZALEZ RODRIGO MARTIN APODERADOS DE LOS SRES. CESAR EDUARDO LOPEZ y CAMINOS GARFUNKEL MARCELO | CELULARES, CAMARA FOTOG. |
Sergio Edgardo Mansur, Administrador de Aduana.
e. 19/03/2019 N° 16816/19 v. 19/03/2019
Fecha de publicación 19/03/2019