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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE INDUSTRIA

Resolución 24/2019

RESOL-2019-24-APN-SIN#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 15/02/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-07891597-APN-DGD#MPYT, el Decreto N° 1.474 de fecha 23 de agosto de 1994, las Resoluciones Nros. 90 de fecha 26 de septiembre de 1995 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y su modificatoria y 89 de fecha 4 de septiembre de 2018 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1.474 de fecha 23 de agosto de 1994 se creó el Sistema Nacional de Normas, Calidad y Certificación destinado a brindar instrumentos confiables a nivel local e internacional para las empresas que voluntariamente deseen certificar sus sistemas de calidad, productos, servicios y procesos a través de un mecanismo que cuente con los organismos de normalización, acreditación y certificación, integrados de conformidad con las normas internacionales vigentes, organizado conforme el detalle obrante en su Anexo I.

Que, asimismo, a través del citado decreto se creó el Consejo Nacional de Normas, Calidad y Certificación en la órbita de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que la Resolución Nº 90 de fecha 26 de septiembre de 1995 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y su modificatoria, reglamentaria del Decreto Nº 1.474/94, establece en su Artículo 10 que las actividades del Organismo serán conducidas por un Consejo Directivo y un Comité Ejecutivo y, a su vez, que el Consejo Directivo estará compuesto por TRECE (13) socios, DIEZ (10) de los cuales serán designados por los asociados categorizados y DOS (2) serán representantes oficiales designados por la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA.

Que el Sistema Nacional de Normas, Calidad y Certificación se encuentra integrado, entre otros, por el Organismo de Acreditación, como entidad a nivel nacional responsable de la acreditación de los organismos de certificación de los sistemas de calidad, productos, servicios y procesos, de la acreditación de laboratorios de ensayo y de los laboratorios de calibración y de la certificación de auditores de sistemas de calidad, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto Nro. 1.474/94.

Que mediante Resolución Nº 89 de fecha 4 de septiembre de 2018 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se designó como representante oficial en el Consejo Directivo del Organismo Argentino de Acreditación al Doctor Don Nicolás Carlos D’ODORICO (M.I. Nº 31.447.716).

Que con fecha 10 de enero de 2019, el Doctor Don Nicolás Carlos D’ODORICO presentó su renuncia al cargo designado mediante la resolución citada en el considerando inmediato anterior.

Que resulta necesario aceptar la renuncia presentada por el mencionado funcionario y designar al nuevo representante oficial en el citado Consejo.

Que a tales efectos mediante Nota NO-2019-8372977-APN-SCI#MPYT, el señor Secretario de Comercio Interior, propone designar para dicha función al Doctor Don Manuel José COPELLO, (M.I. Nº 32.920.051), quien se desempeña en la Dirección de Lealtad Comercial dependiente de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE MERCADO INTERNO de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 22 del Decreto N° 1.474/94.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Acéptase la renuncia presentada por el Doctor Don Nicolás Carlos D’ODORICO (M.I. Nº 31.447.716) como representante oficial en el Consejo Directivo del Organismo Argentino de Acreditación.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase representante oficial en el Consejo Directivo del Organismo Argentino de Acreditación en carácter ad honorem al Doctor Don Manuel José COPELLO, (M.I. Nº 32.920.051).

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Fernando Félix Grasso

e. 20/03/2019 N° 17693/19 v. 20/03/2019

Fecha de publicación 20/03/2019