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24 de Mayo de 1979

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA

Resolución 132/2019

RESOL-2019-132-APN-SGE#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 20/03/2019

Visto el expediente EX-2018-39616594-APN-DGDO#MEN, el decreto 1738 del 18 de septiembre de 1992, la resolución 10 del 21 de septiembre de 2018 de esta Secretaría de Gobierno de Energía (RESOL-2018-10-APN-SGE#MHA), y

CONSIDERANDO:

Que por la resolución 10 del 21 de septiembre de 2018 de esta Secretaría de Gobierno de Energía (RESOL-2018-10-APN-SGE#MHA) se otorgó a Total Austral Sociedad Anónima una autorización de exportación de gas natural a la República de Chile, de carácter interrumpible, desde el Área Cuenca Marina Austral -1 (jurisdicciones de la Provincia de Tierra del Fuego y Nacional) con destino a Methanex Chile SpA (Methanex), de acuerdo con los compromisos que constan en la oferta para la compraventa de gas natural entre Total Austral Sociedad Anónima y Methanex del 13 de agosto de 2018, por un volumen máximo diario de setecientos cincuenta mil metros cúbicos (750.000 m³/día) de gas natural de nueve mil trescientas kilocalorías por metro cúbico (9.300 Kcal/m³) hasta las 6:00 hs del 1° de junio de 2020.

Que a través de la nota 28 del 23 de enero de 2019, Total Austral Sociedad Anónima solicitó autorización para exportar excedentes de gas natural a las cantidades diarias aprobadas en la mencionada resolución, aclarando que los volúmenes excedentes que se exporten formarán parte del volumen total previsto en la resolución 10/2018, sin superar el volumen total máximo de exportación de cuatrocientos setenta y nueve millones doscientos cincuenta mil metros cúbicos (479.250.000 m³) de gas natural.

Que el inciso 5 del artículo 3° del anexo I al decreto 1738 del 18 de septiembre de 1992 establece que las autorizaciones que emita el Poder Ejecutivo Nacional podrán prever la exportación de excedentes de gas a las cantidades allí establecidas siempre que estén sujetas a interrupción cuando existan necesidades de abastecimiento interno, supuesto en el cual no será necesario obtener la aprobación de cada operación de exportación excedente en la autorización, debiéndose sí presentar ante el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría de Gobierno de Energía, al solo efecto informativo, el respectivo contrato del cual deberá surgir la condición de interrumpibilidad y la ausencia de indemnización en caso de tal interrupción.

Que consecuentemente y bajo los términos expuestos, resulta pertinente acceder a la solicitud y otorgar la autorización de exportación de excedentes de gas natural en los términos indicados.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el inciso 1 del artículo 3° del anexo I al decreto 1738/1992 y el apartado VIII bis del anexo II al decreto 174 del 2 de marzo de 2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar a Total Austral Sociedad Anónima a exportar excedentes de gas natural a las cantidades diarias previstas en el artículo 1° de la resolución 10 del 21 de septiembre de 2018 de esta Secretaría de Gobierno de Energía (RESOL-2018-10-APN-SGE#MHA), la que estará sujeta a interrupción cuando existan necesidades de abastecimiento interno, y deberá ser previamente notificada a la autoridad de aplicación. Los volúmenes de gas natural que se exporten como excedentes, serán contabilizados como parte del volumen total autorizado a exportar en el aludido artículo 1°.

ARTÍCULO 2°.- Esta medida entrará en vigencia a partir de su notificación.

ARTÍCULO 3°.- Notificar a Total Austral Sociedad Anónima y a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), entidad autárquica actuante en el ámbito del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Gustavo Sebastián Lopetegui

e. 21/03/2019 N° 18003/19 v. 21/03/2019

Fecha de publicación 21/03/2019