ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1181/2019
RESOL-2019-1181-APN-ENACOM#JGM Fecha 15/03/2019
EXPAFSCA 627/2010
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Autorizar a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO NEGRO la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en el canal 217, frecuencia 91.3 MHz., con una categoría E, en la ciudad de VIEDMA, provincia de RIO NEGRO, identificada con la señal distintiva LRG363. 2.- Dentro de los 180 días corridos de notificada la presente, la autorizada, deberá presentar la documentación técnica definitiva, para su aprobación y ulterior habilitación. 3.- La autorizada asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y al cumplimiento de las normas correspondientes emanadas de dicho organismo. El alcance de la autorización otorgada por la presente se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 4.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la autorizada deberá presentar la “DECLARACIÓN JURADA DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL” de conformidad con lo establecido en la Resolución Nº 1.502-AFSCA/14. 5.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.
e. 21/03/2019 N° 18067/19 v. 21/03/2019
Fecha de publicación 21/03/2019