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27 de Julio de 1989

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Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 110/2018

DI-2018-110-APN-DNRYRT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2018

VISTO el EX-2018-64879498-APN-DGDMT#MTYP del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que obra agregado a autos el proyecto de Convenio Colectivo de Trabajo suscripto el 11 de diciembre de 2.018, celebrado entre la UNION TRABAJADORES DE CARGA Y DESCARGA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y la empresa MELI LOG SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, respecto al cual las partes solicitan su homologación conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que Mediante dicho instrumento las partes regulan las relaciones laborales de los trabajadores de la empleadora dentro del predio del Mercado Central de Buenos Aires, y de cualquier otro establecimiento de la empresa en el territorio de la República Argentina, habiendo fijado su vigencia en cinco (5) años.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a la estricta correspondencia entre la actividad de la empleadora firmante, y los ámbitos de la entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, y en atención a lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 4° de la Ley N° 14.2250 (t.o. 2.004), corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde que una vez dictado el presente acto de homologación, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes indemnizatorios, conforme lo previsto en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por la Resol 2018-47 APN-SGTYE#MTYP

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Homologar el Acuerdo suscripto el 11 de diciembre de 2.018, celebrado entre la UNION TRABAJADORES DE CARGA Y DESCARGA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y la empresa MELI LOG SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD, conforme lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin que el Departamento Coordinación registre el instrumento suscripto el 11 de diciembre de 2.018

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Cumplido, procédase a la reserva conjuntamente con el correspondiente legajo.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, regístrese y archívese. Mercedes Margarita Gadea

e. 21/03/2019 N° 18158/19 v. 21/03/2019

Fecha de publicación 21/03/2019