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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 202/2019

RESOL-2019-202-APN-ANAC#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 19/03/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-66451590-APN-ANAC#MTR del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), la Ley N° 27.161, y los Decretos N° 27 de fecha 10 de enero de 2018 y N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 239 de fecha 15 de marzo de 2007 se creó la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que por el Artículo 4° del Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la ANAC.

Que las normas antes citadas, tuvieron por objeto la creación del organismo cuya misión esencial fuera la centralización de las funciones inherentes a la aviación civil, atendiendo a las recomendaciones efectuadas por la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI).

Que sobre la base de las Normas y Métodos Recomendados (SARPS) internacionales establecidos por la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI) se ha confeccionado la Reglamentación Aeronáutica de la REPÚBLICA ARGENTINA que regula lo relacionado a los Servicios de Tránsito Aéreo.

Que mediante la Ley N° 27.161, se creó en el ámbito de la ex-SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.), organismo al que se le han transferido las funciones de control operativo de la prestación del Servicio Público de Navegación Aérea y la coordinación y supervisión del accionar del control aéreo de conformidad con los alcances previstos en los Artículos 2° y 16 de la citada ley; ejerciendo entre otros, la prestación de los Servicios de Tránsito Aéreo en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, sus aguas jurisdiccionales, el espacio aéreo que los cubre y los espacios aéreos extraterritoriales, cuando por convenios internacionales se acuerde que dichos espacios se encuentran bajo jurisdicción de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que en añadidura y por Decreto N° 27 de fecha 10 de enero de 2018, la EANA S.E. resulta ser la única Proveedora de Servicios de Navegación Aérea del Estado.

Que por lo tanto, a los fines del efectivo ejercicio de su responsabilidad primaria, la ANAC debe intervenir en la elaboración y definición de la planificación estratégica en el marco de las políticas vigentes y en la regulación de la aviación civil.

Que en este sentido, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIÓN DE NAVEGACIÓN AÉREA (DNINA) de la ANAC, intervendrá en el dictado de la normativa necesaria para la prestación de los servicios transferidos, velando por su calidad y porque la misma sea cumplida en forma eficiente y segura, mediante la fiscalización, el contralor y administración de la actividad aeronáutica civil y aeroportuaria.

Que por ello se concluye imprescindible aprobar una guía de requerimientos para propuestas de procedimientos de vuelo por instrumentos (IFP).

Que lo antes sostenido permitirá estandarizar el proceso de recepción de propuestas IFP, validación, notificación y publicación; establecer los canales de comunicación entre el ANSP y la AAC; y proveer una guía descriptiva, sin desmedro de la normativa vigente OACI, para el diseño, validación, aprobación y promulgación de los IFP convencionales y PBN para aeronaves de ala fija y helicópteros, aplicables a la aviación civil, con excepción de aquellas aeronaves en situación de emergencia/contingencia, que vuelen con uno o más motores inoperativos.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ANAC, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre del 2007 y la Ley Nº 27.161 de fecha 15 de julio de 2015.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°– Apruébase los requisitos de aceptación para propuestas de procedimientos de vuelo por instrumentos (IFP), que como Anexo GDE N°IF-2018-66456813-APN-DNINA#ANAC obra adjunto a la presente resolución.

ARTÍCULO 2°- Apruébase la guía de colores que como Anexo GDE N°IF-2018-66457284-APNDNINA#ANAC, ANEXO A, acompaña la resolución.

ARTÍCULO 3°- – Comuníquese y dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL para su publicación por DOS (2) días en el BOLETÍN OFICIAL y, oportunamente, pase a la Unidad de Planificación y Control de Gestión de la ANAC para su publicación en la página “web” institucional. Tomás Insausti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en www.anac.gob.ar

e. 21/03/2019 N° 17732/19 v. 22/03/2019

Fecha de publicación 22/03/2019