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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 741/2018

RESOL-2018-741-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2018

VISTO el Expediente Nº 276.128/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y 2 vta del Expediente N° 276.128/15, a fojas 2/4 y 5 del Expediente N° 276.557/15 agregado a fojas 3 al principal y a fojas 2/3 del Expediente N° 276.778/15 agregado a fojas 4 al principal, obran los Acuerdos celebrados por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA y la empresa OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO, ratificado a fojas 53 de autos por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dichos acuerdos las precitadas partes pactaron condiciones salariales y laborales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 57/75, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el ámbito de aplicación de los presentes acuerdos se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando los acuerdos alcanzados, se procederá a remitir a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N°14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos los mentados acuerdos.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA y la empresa OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO, ratificado a fojas 53 de autos por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, obrante a fojas 2 y 2 vta del Expediente N° 276.128/15, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA y la empresa OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO, ratificado a fojas 53 de autos por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, obrante a fojas 2/4 del Expediente N° 276.557/15 agregado a fojas 3 al principal, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 3°.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA y la empresa OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO, ratificado a fojas 53 de autos por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, obrante a fojas 5 del Expediente N° 276.557/15 agregado a fojas 3 al principal, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 4°.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA y la empresa OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO, ratificado a fojas 53 de autos por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, obrante a fojas 2/3 del Expediente N° 276.778/15 agregado a fojas 4 al principal, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que el Departamento de Coordinación registreregistre los Acuerdos obrante a fojas 2 y 2 vta del Expediente N° 276.128/15, a fojas 2/4 y 5 del Expediente N° 276.557/15 agregado a fojas 3 al principal y a fojas 2/3 del Expediente N° 276.778/15 agregado a fojas 4 al principal.

ARTÍCULO 6°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57/75.

ARTÍCULO 7°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/03/2019 N° 19437/19 v. 29/03/2019

Fecha de publicación 29/03/2019