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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN

Resolución 424/2019

RESOL-2019-424-APN-SGM#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 29/03/2019

VISTO: el EX-2019-17488385-APN-DGDA#JGM, las Leyes Nro. 18.875 y Nro. 27.437, los Decretos Nros. 174 del 2 de marzo de 2018 y modificatorios, 801 y 802 del del 5 de septiembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el visto tramita una solicitud del CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A. relativa a la aprobación del caso de excepción que habilita la contratación con firmas o profesionales extranjeros, que provean un “Servicio de consultoría especializado en Correo de Bandera” con el fin colaborar en el análisis del plan de negocios y plan operativo de implementación de nuevos procesos y servicios de dicha empresa.

Que el procedimiento en cuestión se rige, entre otras normas, por la Ley de Compre Nacional N° 18.875, según la cual el sector público puede contratar con firmas extranjeras únicamente en casos excepcionales, aprobados previamente por el Ministerio competente, que solo podrán fundarse en la falta de capacidad técnica local.

Que el artículo 27 de la Ley N° 27.437 mantuvo la vigencia de la Ley N° 18.875, en todo aquello que no se oponga a la referida ley.

Que mediante dictamen técnico publicado el pasado 14 de marzo de 2019 se señala que resulta conveniente proceder a una contratación externa del servicio de consultoría especializado en Correo de Bandera, destacando que esta estrategia “proveerá acceso a la experiencia, los datos y conocimiento de otros Correos de Bandera que ya iniciaron y/o transitaron y finalizaron su proceso de transformación con éxito. Desde una consultoría externa, sus expertos podrán brindar el soporte metodológico y apoyo técnico para que logremos transitar todas las etapas que permitan construir el contenido de la nueva estrategia para Correo Argentino y la ruta de alto nivel para su implementación”.

Que asimismo, en el mencionado dictamen técnico se indica que “no existe en Correo Argentino la experiencia (propia y autónoma) para la generación de un Plan Estratégico de Negocio que pueda sustentarse en antecedentes de otros Correos de Bandera, ni la información de mercado asociada, necesaria para el desarrollo de dicho plan”, y que “no se ha identificado organización de consultoría de origen local argentina que tenga experiencia en análisis, asesoramiento y acompañamiento en la construcción de un Plan Estratégico de Negocio a Correos Oficiales (de bandera) miembros de la Unión Postal Universal (UPU) como lo es el Correo Argentino”.

Que en fecha 14 de marzo de 2019 se publicó el Dictamen Técnico en el Boletín Oficial de la República Argentina, conforme lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley N° 18.875.

Que CORREO OFICAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A. es un ente del Sector Público Nacional actuante en el ámbito jurisdiccional de la SECRETARIA DE GOBIERNO DE MODERNIZACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 16 de la Ley N° 18.875.

Por ello.

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE MODERNIZACION

RESUELVE:

ARTICULO 1° - Téngase por aprobado, en los términos del artículo 16° de la Ley N° 18.875, el caso de excepción que habilita la contratación con firmas o profesionales extranjeros, que provean un “Servicio de consultoría especializado en Correo de Bandera”, a fines de colaborar con el análisis del plan de negocios y plan operativo de implementación de nuevos procesos y servicios del CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A.

ARTICULO 2° - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Andrés Horacio Ibarra

e. 03/04/2019 N° 21522/19 v. 03/04/2019

Fecha de publicación 03/04/2019