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25 de Abril de 2024

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MINISTERIO DE TRANSPORTE - SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE - SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

EDICTO

Conforme los términos del artículo 2° de la Resolución N° 180 de fecha 31 de octubre de 2018 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE y visto lo obrado en el Expediente N° EX-2019-18247691-APN-SSTA#MTR, se comunican los siguientes grupos de servicios a cubrir, a los efectos de que los interesados se presenten dando cumplimiento a lo dispuesto por el Anexo I de la citada resolución, dentro del plazo de CUATRO (4) días hábiles contados a partir de la presente comunicación.

GRUPO 1 (CÓRDOBA AL SUDOESTE)

Total: 2 servicios

Servicio Público

Origen: CÓRDOBA (Provincia de CÓRDOBA).

Destino: NEUQUÉN (Provincia de NEUQUÉN).

Recorrido: Por la Ruta Provincial N° 5 y las Rutas Nacionales Nros. 36, 8, 35, 152 y 22, pasando por las localidades de DESPEÑADEROS, ALMAFUERTE, BERROTARÁN, RÍO CUARTO, SANTA CATALINA, DEL CAMPILLO (todas ellas de la Provincia de CÓRDOBA), REALICÓ, EDUARDO CASTEX, SANTA ROSA, ACCESO A GENERAL ACHA (todas ellas de la Provincia de LA PAMPA), CHELFORO, VILLA REGINA y GENERAL ROCA (todas ellas de la Provincia de RÍO NEGRO).

Frecuencia: DIEZ (10) Servicios semanales de ida y vuelta durante el verano y SIETE (7) Servicios semanales de ida y vuelta durante el invierno.

Tráfico: Interjurisdiccional.

Servicio Público

Origen: CÓRDOBA (Provincia de CÓRDOBA).

Destino: SAN RAFAEL (Provincia de MENDOZA).

Recorrido: Por las Rutas Nacionales Nros. 36, 8, 7 y 146, pasando por las localidades de SAN AGUSTÍN, ALMAFUERTE, BERROTARÁN, RÍO CUARTO, SAMPACHO (todas ellas de la Provincia de CÓRDOBA), JUAN JORBA, VILLA MERCEDES, FRAGA, SAN LUIS, BEAZLEY, PUENTE LAS HORQUETAS (todas ellas de la Provincia de SAN LUIS) y MONTE COMAN (Provincia de MENDOZA).

Frecuencia: SIETE (7) Servicios semanales de ida y vuelta durante el año.

Tráfico: Interjurisdiccional.

GRUPO 2 (CÓRDOBA A LA PAMPA)

Total: 2 servicios

Servicio Público

Tráfico: Interjurisdiccional.

Origen: CÓRDOBA (Provincia de CÓRDOBA).

Destino: GENERAL PICO (Provincia de LA PAMPA).

Recorrido: Por la Ruta Provincial N° 5 y las Rutas Nacionales Nros. 36, 8, 35, 188 y 143, pasando por las localidades de DESPEÑADEROS, ALMAFUERTE, BERROTARÁN, RÍO CUARTO, SANTA CATALINA (HOLMBERG), VICUÑA MACKENNA, DEL CAMPILLO (todas ellas de la Provincia de CÓRDOBA), REALICÓ, CORONEL HILARIO LAGOS, LARROUDE, INTENDENTE ALVEAR y TREBOLARES (todas ellas de la Provincia de LA PAMPA).

Frecuencia: TRES (3) Servicios semanales de ida y vuelta durante todo el año.

Tráfico: Interjurisdiccional.

Servicio Público

Origen: CÓRDOBA (Provincia de CÓRDOBA).

Destino: SANTA ROSA (Provincia de LA PAMPA).

Recorrido: Por la Ruta Provincial N° 5 y las Rutas Nacionales Nros. 36, 8 y 35, pasando por las localidades de DESPEÑADEROS, ALMAFUERTE, BERROTARÁN, RÍO CUARTO, SANTA CATALINA, VICUÑA MACKENNA, DEL CAMPILLO (todas ellas de la Provincia de CÓRDOBA), REALICÓ y EDUARDO CASTEX (ambas de la Provincia de LA PAMPA).

Frecuencia: SIETE (7) Servicios semanales de ida y vuelta durante todo el año.

Tráfico: Interjurisdiccional.

GRUPO 3 (ZONA PAMPEANA)

Total: 1 servicio

Servicio Público

Origen: BAHÍA BLANCA (Provincia de BUENOS AIRES).

Destino: SANTA ROSA (Provincia de LA PAMPA).

Recorrido: Por la Ruta Nacional N° 35, la Ruta Provincial N° 9 y las Rutas Nacionales Nros. 152 y 35, pasando por las localidades de NUEVA ROMA, BERRAONDO, SAN GERMÁN (todas ellas de la Provincia de BUENOS AIRES), JACINTO ARAUZ, GENERAL SAN MARTÍN, BERNASCONI, COTITA, PERÚ, UNANUÉ, GAMAY, GENERAL ACHA y ATALIVA ROCA (todas ellas de la Provincia de LA PAMPA).

Frecuencia: SIETE (7) Servicios semanales de ida y vuelta durante todo el año.

Tráfico: Interjurisdiccional.

Los operadores interesados podrán presentar sus propuestas para UNO (1) o más grupos de servicios.

Para el caso de que un operador esté interesado en más de UN (1) grupo de servicios deberá presentar una propuesta para cada grupo de servicios con toda la documentación requerida en sobre cerrado, sin la posibilidad de que se pueda reiterar la totalidad o parte del parque móvil ofrecido en más de UN (1) grupo de servicios. Caso contrario, la propuesta será desestimada.

Asimismo, la cantidad de parque móvil ofrecido deberá coincidir con el que se requiere para cada grupo de servicios.

Dichas autorizaciones perderán toda validez, eficacia y efecto una vez adjudicados los servicios conforme lo establecido en el Decreto N° 958 de fecha 16 de junio de 1992. En función de ello, las autorizaciones a otorgarse revestirán el carácter de precarias y provisorias, y en tal sentido, los operadores seleccionados no podrán continuar en la prestación de los servicios una vez notificados de ello por parte de la autoridad de aplicación.

Asimismo, los operadores seleccionados no tendrán derecho a exigir ni a reclamar reparación o indemnización alguna por los gastos e inversiones que deban realizar para la correcta prestación de los servicios, en mérito a lo establecido en artículo 6° de la Resolución N° 180 de fecha 31 de octubre de 2018 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, y deberán dar cumplimiento con lo establecido en el Decreto N° 958/92, normas modificatorias, concordantes, complementarias y aclaratorias.

A los fines de realizar el análisis de las propuestas en relación a la antigüedad promedio del parque móvil propuesto para cada grupo de líneas, en los términos del punto b) del Anexo III de la Resolución N° 180/18 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, se hace saber que la titularidad del mismo deberá estar en cabeza del operador interesado y/o encontrarse bajo la modalidad contractual de leasing cuyo tomador resulte ser el operador interesado.

El parque móvil requerido que deberá ofrecerse para la prestación de los servicios será el siguiente:

1) GRUPO 1 (CÓRDOBA AL SUDOESTE): OCHO (8) unidades.

2) GRUPO 2 (CÓRDOBA A LA PAMPA): TRES (3) unidades.

3) GRUPO 3 (ZONA PAMPEANA): DOS (2) unidades.

Los operadores interesados deberán constituir y presentar en su propuesta, un seguro de caución en favor del MINISTERIO DE TRANSPORTE para cada grupo de servicios, considerando un valor de PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL ($ 972.000) por unidad, a los fines de asegurar que los operadores seleccionados presten los servicios en el plazo comprometido. Fecho lo cual, la garantía será devuelta al operador que así lo solicitare.

En caso de que el operador seleccionado no inicie los servicios en el plazo comprometido en los términos del punto c) del Anexo III de la Resolución N° 180/18 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, además de ejercer la opción de ejecutar la pertinente garantía de caución, se seleccionará al siguiente operador conforme el orden de mérito obtenido.

El personal a ser absorbido por los operadores seleccionados, en los términos del apartado 2) del Anexo I de la Resolución Nº 180/18 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, será el siguiente:

1) GRUPO 1 (CÓRDOBA AL SUDOESTE): TREINTA Y TRES (33) trabajadores.

2) GRUPO 2 (CÓRDOBA A LA PAMPA): TRECE (13) trabajadores.

3) GRUPO 3 (ZONA PAMPEANA): CINCO (5) trabajadores.

Para el caso de empate en la puntuación final, se estará a lo dispuesto en el apartados 2) del Anexo I de la Resolución N° 180/18 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE.

Asimismo, se hace saber que la Autoridad de Aplicación, se reserva la potestad de solicitar la información que considere pertinente a los organismos públicos que correspondan.

Las propuestas deberán presentarse hasta el día 10 de abril de 2019 a las 17.59 horas en la Mesa de Entradas de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, sita en la calle Maipú N° 255 piso 12, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Posteriormente, a las 18.00 horas, en las oficinas de esta Subsecretaría se procederá a la apertura de los sobres con las propuestas.

El presente edicto se publicará por UN (1) día en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 01 de abril de 2019.

Luis Vicente Molouny, Subsecretario.

e. 04/04/2019 N° 21951/19 v. 04/04/2019

Fecha de publicación 04/04/2019