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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO

Resolución 10/2019

RESOL-2019-10-APN-SRRYME#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 05/04/2019

Visto el expediente EX-2016-00591966-APN-DDYME#MEM y los expedientes en tramitación conjunta EX-2018-34095353-APN-DGDO#MEN, EX-2018-20727271-APN-DGDO#MEM, EX-2018-67064029-APN-DGDOMEN#MHA, EX-2018-68026312-APN-DGDOMEN#MHA y EX-2019-04606820-APN-DGDOMEN#MHA, y

CONSIDERANDO:

Que la firma Silvateam Energía Renovable Sociedad Anónima solicitó su habilitación como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) para su Central Térmica a Biomasa La Escondida, instalada en la localidad de La Escondida, provincia del Chaco, con una potencia nominal de doce megavatios (12 MW), conectada al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de treinta y tres kilovoltios (33 kV) de la Estación Transformadora La Escondida, jurisdicción de Servicios Energéticos del Chaco Empresa del Estado Provincial (SECHEEP).

Que mediante la nota B-126898-1 del 12 de julio de 2018 (IF-2018-34102752-APN-DGDO#MEN), obrante en el expediente EX-2018-34095353-APN-DGDO#MEN, que tramita conjuntamente con el expediente citado en el Visto, Compañía Administradora del Mercado Eléctrico Mayorista (CAMMESA) informó que Silvateam Energía Renovable Sociedad Anónima cumple para su Central Térmica a Biomasa La Escondida los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración en el MEM.

Que mediante las resoluciones 555 del 22 de noviembre de 2017 y 045 del 8 de febrero de 2018 (IF-2018-20792917-APN-DGDO#MEM), obrantes en el expediente EX-2018-20727271-APN-DGDO#MEM, que tramita conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto, el Ministerio de Planificación Ambiente e Innovación Tecnológica de la Provincia del Chaco, resolvió aprobar el Estudio de Impacto Ambiental de la Central Térmica a Biomasa La Escondida.

Que Silvateam Energía Renovable Sociedad Anónima ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM de la Central Térmica a Biomasa La Escondida se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina 34.051 del 7 de febrero de 2019 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista dependiente de la Subsecretaría de Mercado Eléctrico de esta Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la ley 24.065 y el artículo 1° de la resolución 65 del 28 de febrero de 2019 de la Secretaría de Gobierno de Energía (RESOL-2019-65-APN-SGE#MHA).

Por ello,

EL SECRETARIO DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar el ingreso como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a la firma Silvateam Energía Renovable Sociedad Anónima para su Central Térmica a Biomasa La Escondida, instalada en la localidad de La Escondida, provincia del Chaco, con una potencia nominal de doce megavatios (12 MW), conectada al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de treinta y tres kilovoltios (33 kV) de la Estación Transformadora La Escondida, jurisdicción de Servicios Energéticos del Chaco Empresa del Estado Provincial (SECHEEP).

ARTÍCULO 2º.- Instruir a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a Silvateam Energías Renovables Sociedad Anónima, titular de la Central Térmica a Biomasa La Escondida, en su vínculo de interconexión con el SADI. A este efecto se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3º.- Notificar a Silvateam Energía Renovable Sociedad Anónima, a CAMMESA, a SECHEEP y al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan Antonio Garade

e. 09/04/2019 N° 22991/19 v. 09/04/2019

Fecha de publicación 09/04/2019