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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

Resolución 129/2019

RESOL-2019-129-APN-SCI#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 11/04/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-14429360--APN-DGD#MPYT, la Ley Nº 22.802 y sus modificatorias, el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 299 de fecha 30 de julio de 2018 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 281 de fecha 10 de mayo de 2018 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, se aprobó, entre otros aspectos, el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría estableciendo sus respectivas competencias.

Que el Artículo 12 de la Ley Nº 22.802 y sus modificatorias, facultó a la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, en su carácter de Autoridad de Aplicación, a establecer los requisitos mínimos de seguridad que deberán cumplir los productos o servicios que no se encuentren regidos por otras leyes; a determinar el lugar, forma y características de las indicaciones a colocar sobre los frutos y productos que se comercializan en el país o sobre sus envases; y a obligar a quienes ofrezcan servicios a informar claramente al consumidor sobre sus características.

Que por el Decreto N° 48 de fecha 11 de enero de 2019, se modificó la estructura organizativa del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, creándose la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de dicho Ministerio, estableciendo entre sus objetivos los de supervisar y entender en las actividades vinculadas con el seguimiento y verificación de todo lo relacionado con la aplicación de la Ley N° 22.802 y sus modificatorias.

Que, asimismo, mediante la Resolución N° 281 de fecha 10 de mayo de 2018 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se aprobó el Reglamento Técnico que establece los requisitos técnicos de calidad y seguridad que deben cumplir las cubiertas y cámaras neumáticas para uso en bicicletas, que se comercialicen en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el Artículo 2° de la Resolución N° 281/18 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO, expresa que la exigencia de certificación se implementará siguiendo el procedimiento establecido en el Anexo II de dicha resolución.

Que el punto 2 del aludido Anexo II, manifiesta que el fabricante nacional o el importador, a partir del día 1 de febrero de 2019, deberá acreditar el cumplimiento de lo establecido en el Anexo I de la Resolución N° 281/18 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO, mediante la presentación de una copia del Certificado emitido por el Organismo de Certificación reconocido ante la ex SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR.

Que, de conformidad con lo expuesto, atento a las competencias que le concierne a la Dirección de Reglamentos Técnicos y Promoción de la Calidad, y a los fines de que se efectúe una adecuada implementación de la Resolución N° 281/18 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO, y una correcta promoción de la seguridad de los productos identificados como cámaras y cubiertas neumáticas para uso en bicicletas, se considera oportuno extender los plazos para la presentación de la copia del Certificado emitido por el Organismo de Certificación reconocido.

Que, por lo expuesto, y en virtud de la nueva estructura organizativa, resulta conveniente por la presente medida readecuar el cuerpo normativo de la Resolución Nº 281/18 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Ley Nº 22.802 y sus modificatorias, y el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Anexo II de la Resolución Nº 281 de fecha 10 de mayo de 2018 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, por el Anexo que, como IF- 2019-14670462-APN-DRTYPC#MPYT, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que toda referencia a la ex SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR que se realice en la Resolución N° 281/18 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO, se entenderá sustituida por la de SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ignacio Werner

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 15/04/2019 N° 24827/19 v. 15/04/2019

Fecha de publicación 15/04/2019