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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 282/2019

DA-2019-282-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 15/04/2019

VISTO el Expediente N° EX-2017-11871085-APN-DDYME#JGM y el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que el entonces Director General Técnico Administrativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS solicitó la transferencia definitiva de la licenciada Da. Mariana Cecilia JÁUREGUI (D.N.I. N° 18.519.110), perteneciente a la planta permanente del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), organismo autárquico y descentralizado actuante en la órbita de la Secretaria de Gobierno de Modernización de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, mediante contrato por tiempo indeterminado bajo el régimen estatuido por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976), en la Categoría C – Profesional Avanzado; para integrar la Planta Permanente de la Dirección de Gestión Documental y Despacho de la Dirección General Técnico Administrativa de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el Presidente del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM) prestó conformidad a dicha transferencia.

Que lo peticionado se fundamenta en la necesidad de contar con la mencionada agente, para desarrollar funciones profesionales en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, hecho que en el actual contexto de reducción del gasto público no generaría incrementos en las partidas presupuestarias, por lo que resulta conveniente acceder a lo solicitado, disponiendo la transferencia solicitada de la causante con su respectivo cargo presupuestario a la planta permanente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, conforme lo previsto en el artículo 15, inciso b), punto IV del Anexo I al Decreto N° 1421/02 y su modificatorio.

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico, para la agente en cuestión, quien ha prestado su conformidad al respecto.

Que se ha dado cumplimiento al procedimiento establecido en el artículo 42 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214/06.

Que por consiguiente corresponde equiparar a la causante a un Nivel B - Grado 5, Agrupamiento Profesional, Tramo Intermedio, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que los servicios jurídicos de las jurisdicciones intervinientes han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta conforme las facultades emergentes del artículo 100 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y del artículo 15 inciso b), apartado IV del Anexo I al Decreto N° 1421/02 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Transfiérese a la licenciada Da. Mariana Cecilia JÁUREGUI (D.N.I. N° 18.519.110), perteneciente a la planta permanente, Categoría C – Profesional Avanzado, mediante contrato por tiempo indeterminado bajo el régimen estatuido por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), organismo autárquico y descentralizado en el ámbito de la Secretaría de Gobierno de Modernización de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la planta permanente de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y DESPACHO de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con su respectivo cargo y partida presupuestaria.

ARTÍCULO 2°.- Equipárase el cargo que se transfiere por el artículo 1° de la presente medida, en un cargo Nivel B - Grado 5, Agrupamiento Profesional, Tramo Intermedio, del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de la erogación emergente de la transferencia dispuesta en el artículo 1° de la presente medida se realizará con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción de origen.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Rogelio Frigerio

e. 16/04/2019 N° 25571/19 v. 16/04/2019

Fecha de publicación 16/04/2019