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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1636/2019

RESOL-2019-1636-APN-ENACOM#JGM FECHA 12/4/2019 ACTA 44

EX-2019-21158031-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Agregar a la atribución de las bandas de frecuencias individualizadas en la Resolución N° 37-SC/2014 y sus modificatorias, el Servicio Fijo con categoría primaria, a los fines de la prestación del Servicio Básico Telefónico, mediante la utilización de infraestructura inalámbrica correspondiente al Servicio de Comunicaciones Móviles Avanzadas. 2.- Los licenciatarios del Servicio de Comunicaciones Móviles podrán acordar con los licenciatarios del Servicio Básico Telefónico que así lo soliciten, el uso de sus redes y las frecuencias atribuidas al Servicio de Comunicaciones Móviles Avanzadas que posean adjudicadas, para la prestación del SBT en cuestión. Los convenios deberán ser informados al ENACOM en un plazo no mayor a 60 días contados a partir de su suscripción. 3 .- Los parámetros de calidad del servicio serán los establecidos por la Resolución N° 580- MM/2018, y los precios deberán establecerse conforme lo dispuesto por el Artículo 48 de la Ley N° 27.078. 4.- La numeración será la correspondiente al Servicio Básico Telefónico conforme al Plan Fundamental de Numeración Nacional aprobado por Resolución N° 46-SC/1997. ARTÍCULO 5.- Los equipos terminales de abonados no podrán operar con movilidad. 6.- Comuníquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

e. 16/04/2019 N° 25444/19 v. 16/04/2019

Fecha de publicación 16/04/2019