Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO

Resolución 11/2019

RESOL-2019-11-APN-SRRYME#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 15/04/2019

Visto el expediente S01:0246449/2002 del registro del ex Ministerio de Economía, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la resolución 182 del 22 de noviembre de 2002 de la ex Secretaría de Energía dependiente del ex Ministerio de Economía se autorizó el ingreso al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de Hidrocuyo Sociedad Anónima, como agente generador por la central hidroeléctrica Las Maderas de treinta megavatios (30 MW).

Que el artículo 3° de la resolución 182/2002 condicionaba la vigencia de la autorización otorgada a la celebración, antes del 1° de enero de 2004, del contrato de concesión con el Estado Nacional en el marco del artículo 14 de la ley 15.336, texto conforme al artículo 89 de la ley 24.065.

Que con posterioridad se han dispuesto prórrogas a la autorización otorgada para actuar como agente generador del MEM, la última de ellas concedida por medio de la resolución 248-E del 3 de agosto de 2016 de la ex Secretaría de Energía Eléctrica dependiente del ex Ministerio de Energía y Minería (RESOL-2016-248-E-APN-SECEE#MEM).

Que por el decreto 6197 del 10 de noviembre de 2014, el Poder Ejecutivo de la provincia de Jujuy declaró la caducidad de la concesión de Hidrocuyo Sociedad Anónima para la operación, mantenimiento, generación de energía eléctrica y explotación comercial del complejo hidroeléctrico Las Maderas - La Ciénaga.

Que por el decreto 7685 del 5 de mayo de 2015, el Poder Ejecutivo de la provincia de Jujuy aprobó la contratación directa con Empresa Jujeña de Sistemas Energéticos Dispersos Sociedad Anónima (EJSED S.A.) para la concesión de la operación, mantenimiento, generación de energía eléctrica y explotación comercial del complejo hidroeléctrico Las Maderas - La Ciénaga, y aprobó el respectivo contrato de concesión.

Que por la resolución 14 del 18 de febrero de 2016 de la ex Secretaría de Energía Eléctrica dependiente del ex Ministerio de Energía y Minería, se autorizó la continuidad para actuar en calidad de agente del MEM en la condición de generador a EJSED S.A. como nuevo titular de la central hidroeléctrica Las Maderas, ubicada en la ruta provincial 51, kilómetro 7,9 del departamento El Carmen en la provincia de Jujuy.

Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la suscripción del contrato de concesión previsto en la ley 15.336.

Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2021.

Que la Subsecretaría de Mercado Eléctrico de esta Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la ley 24.065 y el artículo 1° de la resolución 65 del 28 de febrero de 2019 de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda (RESOL-2019-65-APN-SGE#MHA).

Por ello,

EL SECRETARIO DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la postergación de la fecha límite definida en el artículo 1° de la resolución 248-E del 3 de agosto de 2016 de la ex Secretaría de Energía Eléctrica dependiente del ex Ministerio de Energía y Minería (RESOL-2016-248-E-APN-SECEE#MEM), quedando Empresa Jujeña de Sistemas Energéticos Dispersos Sociedad Anónima (EJSED S.A.), habilitada para actuar con carácter provisorio como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) por la central hidroeléctrica Las Maderas hasta el 31 de diciembre de 2021.

ARTÍCULO 2º.- Notificar a EJSED S.A., a Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA), a Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal del Noroeste Argentino Sociedad Anónima (TRANSNOA S.A.) y al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan Antonio Garade

e. 17/04/2019 N° 25661/19 v. 17/04/2019

Fecha de publicación 17/04/2019